CAZORLA/POLICIA DE INVESTIGACIONES Y SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece LUDEXY NATALY CAZORLA MESA, venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº23.412.639, con domicilio en Arturo Alessandri Nº720, comuna de La Serena, interponiendo recurso de amparo en contra de POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE y el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por los hechos que a continuación señala: Indica que el 11 de septiembre de 2023 se dirigió a Policía de Investigaciones en Av. Balmaceda Nº1010, comuna de La Serena, con motivo de haberle llegado un correo que la citaba para ese día, para su empadronamiento biométrico. Afirma que al pedirle sus datos, le informaron que tenía un acta de notificación de una medida de expulsión del país informándole que cuenta con 10 días para apelar. Expone que se autodenunció el 18 de agosto de 2020 y que se ha mantenido firmando virtualmente en el Departamento de Migraciones de Policía de Investigaciones. Reclama que se están vulnerando sus derechos constitucionales y que quiere regularizar su situación migratoria para obtener la ciudadanía. Termina solicitando que se acoja el recurso y se dispongo que el Departamento de Migraciones de la Policía de Investigaciones prorrogue la resolución que decretó la expulsión, por un plazo que le permita regularizar definitivamente su permanencia en Chile. SEGUNDO: Que a folio 5 evacuó informe Policía de Investigaciones de Chile. Expuso que la amparada no registra movimientos migratorios de entradas o salidas al territorio nacional y mantiene un registro como extranjero infractor desde el 2 de junio de 2020, debiendo firmar de manera periódica, trámite que realiza esporádicamente. Agrega que mediante informe policial de 18 de agosto de 2020 de la Prefectura de migraciones y Policía Internacional de Arica y Parinacota fue denunciada a la Intendencia de la región de Arica y Parinacota, por infracción a los artículos 17 y 69 de la Ley de Extranjería vigente en este momento. Indica que el 11 de septiembre de 2023, al acudir a dependencias de la PDI en calle Balmaceda Nº1010 para ser empadronada biométricamente, luego de consultarse en el sistema de gestión policial se estableció la existencia de un decreto de expulsión de la Delegación Presidencial de Arica y Parinacota de 13 de octubre de 2021 que afecta a la amparada, por lo que se procedió a su notificación, dándose cuenta de la situación al Servicio de Migraciones mediante informe policial Nº2714 de 13 de septiembre de 2023. TERCERO: Que a folio 10 evacuó informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de amparo. Expuso que la extranjera ingresó al país por paso no habilitado. Que el 23 de octubre de 2020, la Intendencia de Arica y Parinacota presentó requerimiento y desistimiento ante la Fiscalía de Arica de acuerdo a lo establecido en el artículo 78 del Decreto Ley N°1.094 y el artículo 146 del Decreto Supremo N°597. Posteriormente, la Intendencia se desistió de la denuncia en cuestión. Mediante Resolución Exenta N°
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Cazorla Mesa, Ludexy Nataly Policía de Investigaciones y Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N°340-2023.- La Serena, veintitrés de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece LUDEXY NATALY CAZORLA MESA, venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº23.412.639, con domicilio en Arturo Alessandri Nº720, comuna de La Serena, inter
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