GEOBEL GONZALEZ PARRA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Geobel González Parra, cubano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 23242854, que procedió a rechazar su solicitud de regularización migratoria, y dispone la orden de abandono del país, dentro de 30 días siguientes a la notificación del acto, lo que vulnera, a su juicio, la garantía consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Relata haber llegado a Chile en el año 2018, luego de obtener una visa de turista tramitada desde Cuba, y encontrándose en el país comienza el proceso para regularizar su situación migratoria, obteniendo su primera visa sujeta a contrato, desde el 15 de mayo de 2019 al 15 d mayo de 2020. Añade que actualmente cuenta con trabajo estable desde el año 2022, con contrato indefinido, prestando sus servicios en la empresa Pronto Hogar SpA, ubicada en la comuna de Macul, por lo cual posee sus cotizaciones declaradas y pagadas. Sostiene que, con fecha 23 de junio de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones rechaza su solicitud de regularización y dispone su abandono del país dentro del plazo de 30 días, decisión que se funda en la no presentación de antecedentes penales vigentes y legalizados debidamente, sin tomar en cuenta que no es posible acceder a ello en su país de origen, y no obstante contar con uno del año 2021, el cual se encuentra apostillado y emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, donde consta que el amparado no cuenta con antecedentes penales en su país natal, lo que deviene en que el actuar del Servicio sea arbitrario e ilegal. Solicita dejar sin efecto la resolución exenta que rechazó su solicitud de regularización y dispuso su abandono, ordenándole al Servicio continuar con el procedimiento de regularización. Acompaña la resolución exenta, pasaporte, estampado de visa de turismo y de visa sujeta a contrato, contrato de trabajo, c
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía cautelar se reclama la ilegalidad de la Resolución Exenta de 23 de junio de 2023, que rechazó la solicitud de regularización migratoria del actor, y que dispuso su abandono del país dentro del plazo de 30 días. Tercero: Que, del análisis de los antecedentes acompañados por el recurrente, es posible establecer que en el año 2019, obtuvo visa sujeta a contrato de trabajo con el empleador Aylin Montalván, que actualmente mantiene contrato de trabajo indefinido con la empresa Pronto Hogar SpA, y que se encuentra afiliado en AFP Modelo, con cotizaciones declaradas y pagadas desde abril de 2022, antecedentes que dan cuenta del arraigo laboral del amparado en nuestro país. Cuarto: Que, asimismo, se tiene presente que el certificado de antecedentes penales apostillado de fecha 20 de mayo de 2021 acompañado por el amparado, es posterior a su salida del país de origen, de manera que, en concepto de esta Corte, es apto para proseguir con el proceso correspondiente de tramitación de su solicitud de residencia definitiva. Quinto: Que, conforme a lo anterior, es posible concluir que la decisión de la autoridad recurrida carece de fundamento suficiente, lo que la torna ilegal y pone en peligro la libertad ambulatoria del amparado, debiendo en consecuencia, acogerse la acción interpuesta.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Geobel González Parra y, por consiguiente, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23242854, de fecha 23 de junio de 2023, debiendo el Servicio Nacional de Migraciones reabrir el procedimiento de solicitud de residencia definitiva, otorgando un plazo de noventa días hábiles para dictar un nuevo acto administrativo terminal que afine el procedimiento de regularización. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1664-2023. No sujeta a anonimización.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se recurre de amparo en favor de Geobel González Parra, cubano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 23242854, que procedió a rechazar su solicitud de regularización migratoria, y dispone la orden de aba
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