ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de septiembre de 2023
Materia
DIVORCIO POR CULPA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por el recurrente en audiencia, teniendo únicamente presente que la resolución en alzada no da curso a la acción deducida en atención a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley N° 19.947, lo que en la especie efectivamente ocurre por cuanto no se ha fijado domicilio del demandado dentro del territorio jurisdiccional del tribunal a quo y visto, además, lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución de veinticinco de mayo de dos mil veintitrés, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase...
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por el recurrente en audiencia, teniendo únicamente presente que la resolución en alzada no da curso a la acción deducida en atención a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley N° 19.947, lo que en la especie efectivamente ocurre por cuanto no se ha fijado domi
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