2º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose conferido patrocinio y poder según consta de certificación de tres de junio de dos mil veintidós y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca la resolución de dos de junio del año dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago, y en su lugar se tiene por renunciado el patrocinio y poder conferido en su oportunidad a la abogada Paula Oyarzo, debiendo el tribunal a quo disponer las medidas que correspondan al efecto, sin perjuicio de imponer la carga del artículo segundo inciso 4º de la Ley 14.908 a los abogados recientemente renunciados....

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, habiéndose conferido patrocinio y poder según consta de certificación de tres de junio de dos mil veintidós y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se revoca la resolución de dos de junio del año dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica