FLOREZ/UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
Rol
Fecha
22 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen los abogados Yeny Andrea Venegas Piceros y Claudio Eduardo Ávila Balboa, en favor doña Yarleni Patricia Florez Manjarrez, de nacionalidad colombiana, domiciliada para estos efectos en calle Castellón N° 542, comuna Concepción, deduciendo recurso de protección en contra de la Universidad de Concepción, Dirección de Postgrado, representada por Carlos Saavedra Rubilar, o quien haga las veces de tal, desconoce profesión u oficio, con domicilio en calle Víctor Lamas N° 1290, comuna de Concepción, por la omisión ilegal y arbitraria, ejercitada mediante comunicación por correo electrónica de 19 de junio de 2023; omisión que afecta lo preceptuado en el artículo 19 en sus N°s 1° y 2° de la Constitución Política de la República. Señalan que su representada es fisioterapeuta y que con fecha 08 de marzo de 2022, ingresó al Magíster de Ergonomía, dictado por la Universidad de Concepción, luego de cumplir con los requisitos de postulación, ya que tiene basto desarrollo de su profesión, en su país Colombia, desde donde postuló y fue aceptada. Indican que la recurrente durante los primeros meses de inicio no tuvo grandes dificultades para cumplir con los compromisos y tareas, pero que su situación personal cambió diametralmente, debido a varios sucesos, los cuales le generaron mucha carga física y mental, sufriendo de neumonía, siendo diagnosticada con fecha 11 de junio de 2022, razón por la cual no pudo realizar la entrega de actividades, las cuales siempre fueron comunicadas, más aún, su cuadro médico empeoró al haberse contagiado de Covid 19, el cual la dejó con varias secuelas que se arrastraron por varios meses. Sostienen que adicionalmente al estado de salud de su mandante, el cual desmejoró su vida en lo personal, estudiantil y profesional, ya que su esposo tuvo que ser operado de emergencia de apendicitis en octubre de 2022 y su hijo de 10 años de edad fue atacado por un perro lobo siberiano, sufriendo de graves lesiones en su cráneo y rostro, con proceso de recuperación que fue desgastante como madre. Durante todo ese periodo, la recurrente tuvo que llevar la carga económica de su familia, debido a que su marido trabaja en forma independiente, por lo que le correspondió recibir más carga laboral para poder sustentar económicamente a su familia, compuesta por su esposo y dos hijos en etapa estudiantil, pero aun así, teniendo toda esa información por parte de los encargados del magister, ellos no le otorgaron mayor información, como por ejemplo si existía alguna posibilidad de suspender el segundo semestre. Explican que debido a las situaciones vividas por la actora, se atrasó en algunos pagos, generándose el bloqueo en la plataforma de la recurrida, no pudiendo obtener material ni saber con exactitud sus avances en las tareas encomendadas. Sin embargo, señalan que la familia de la recurrente se esforzó para pagar las mensualidades y costear el viaje a Concepción, a fin de cumplir con las tareas pendientes, logr
Fallo
fallo en la asignatura de ergonomía cognitiva, en la cual no logró la nota de 5.0, sino que un 4.7 como nota final, ni cuál fue el punto crucial para ser evaluada con esa nota, ya que, al momento de solicitar las pautas de evaluación, sólo se le señaló que la docente de la asignatura ya le había retroalimentado, pero hasta el día de hoy, ella afirma no haber recibido dichas pautas para poder cotejar si efectivamente su evaluación fue objetiva. Expresan que el 13 de abril de 2023, su mandante fue informada que había perdido el magíster porque había obtenido un 4.7, hecho del cual tan solo en ese minuto tuvo conocimiento y donde se le indicaron reglamentos que ella desconocía, pues cuando fue aceptada no se le entregó tal documentación, sino que sólo el reglamento del magister de ergonomía, el cual indicaba que debía obtener cierta cantidad de créditos, los que estaban cumplidos. En tal sentido, se le entregó el reglamento, con el cual se regía hasta el día 08 de marzo de 2023, en que le mencionaron otro reglamento, y que por aquel la recurrente quedaba eliminada del programa de magíster. Hacen presente que la acción constitucional de protección, según lo señalado en el artículo primero del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, debe ser interpuesto dentro de un plazo de 30 días corridos desde la comisión del acto o de la ocurrencia de la omisión arbitraria e ilegal que ocasiones la privación, perturbación o amenaz
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Concepción, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen los abogados Yeny Andrea Venegas Piceros y Claudio Eduardo Ávila Balboa, en favor doña Yarleni Patricia Florez Manjarrez, de nacionalidad colombiana, domiciliada para estos efectos en calle Castellón N° 542, comuna Concepción, deduciendo recurso de protección en contra de la Universidad de Co
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