1°Jdo. de Letras de Angol

VILLARROEL/MUNICIPALIDAD DE RENAICO

Rol

C-1-2018

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que conforme el tenor literal del artículo 429 del Código del Trabajo, no procede el abandono de procedimiento en materia laboral, detentando dichas normas el carácter de especiales en relación a la normativa del Código de Procedimiento Civil, que regula la referida institución, por lo que su aplicación prima por sobre este último, se resuelve: SE RECHAZA el abandono del procedimiento planteado, sin constas, por haber tenido motivo plausible para litigar. Sobre la prescripción: VISTOS: Que no encontrándose la excepción de prescripción contemplada en el artículo 470 del Código del Trabajo y existiendo norma expresa aplicable a este tipo de procedimiento, se resuelve: SE DECLARA INADMISIBLE la excepción de prescripción opuesta. AL SEGUNDO OTROSÍ: estese a lo resuelto precedentemente. RIT: C-1-2018 RUC: 17-4-0035649-1 Proveyó, JUEZ DE LETRAS DEL TRABAJO Y COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DEL PRIMER JUZGADO DE Código: BRRDXXVCYNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl LETRAS DE ANGOL, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. En Angol a tres de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. (els) . Código: BRRDXXVCYNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-03T14:59:42-0400

Fallo

se resuelve: SE RECHAZA el abandono del procedimiento planteado, sin constas, por haber tenido motivo plausible para litigar. Sobre la prescripción: VISTOS: Que no encontrándose la excepción de prescripción contemplada en el artículo 470 del Código del Trabajo y existiendo norma expresa aplicable a este tipo de procedimiento, se resuelve: SE DECLARA INADMISIBLE la excepción de prescripción opuesta. AL SEGUNDO OTROSÍ: estese a lo resuelto precedentemente. RIT: C-1-2018 RUC: 17-4-0035649-1 Proveyó, JUEZ DE LETRAS DEL TRABAJO Y COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DEL PRIMER JUZGADO DE Código: BRRDXXVCYNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl LETRAS DE ANGOL, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. En Angol a tres de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. (els) . Código: BRRDXXVCYNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-03T14:59:42-0400

Texto Completo (Preview)

Angol, tres de agosto de dos mil veintidós. Resolviendo lo pendiente de fecha 02 de mayo de 2022, a folio 17. A LO PRINCIPAL Y PRIMER OTROSI: Sobre el abandono del procedimiento: VISTOS: Que conforme el tenor literal del artículo 429 del Código del Trabajo, no procede el abandono de procedimiento en materia laboral, detentando dichas normas el carácter de especiales en relación a la normativa de

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