JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

C/ LUIS ALBERTO BERRIOS TAPIA

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Teniendo en consideración los diversos elementos aludidos por los intervinientes ante estrados, es posible sostener la concurrencia de indicios suficientes que permiten justificar, por ahora, la existencia del delito de robo en lugar habitado. En tal sentido, en cuanto al cuestionamiento efectuado por la defensa a la calificación jurídica propuesta por el ente persecutor, teniendo presente que de los antecedentes aportados por la recurrente en audiencia, consta que hubo descerrajamiento y acopio de especies para ser sustraídas, en un lugar destinado a la habitación, elementos constitutivos de dicha figura penal, por lo que cabe descartar, en esta etapa, que exista un delito de violación de morada o de hurto. Que, no encontrándose controvertidas las presunciones fundadas de participación, cabe luego referir que, en cuanto a la necesidad de cautela, la pena asignada por la ley al delito, la circunstancia que el imputado cuenta con medidas cautelares vigentes en otras causas, como también el hecho de contar con condenas anteriores, llevan a sostener que la misma no se satisface con alguna otra de las medidas cautelares de menor intensidad contenidas en el Código Procesal Penal, estimándose que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad la sociedad. Por lo señalado, y atendido lo dispuesto en los artículos en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del diez de septiembre de dos mil veintitrés, por el Juez de Letras y Garantía de Los Vilos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Luis Berríos Tapia, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.   Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (I) señor Iván Vial Aguilar. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1094-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintidós de septiembre de dos mil veintitrés. Siendo las 10:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Vicente Hormazábal Abarzúa, e integrada por el Ministro señor Iván Corona Albornoz y la Fiscala Judicial señora Pilar Aravena Gómez, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa,

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