SANTIBAÑEZ ABARCA LORENA ANGELICA / PAINEMAL CERDA DARIOLETTE ALEJANDRA
Rol
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Lorena Angélica Santibáñez Abarca, deduciendo recurso de protección en contra de doña Dariolette Alejandra Painemal Cerda, por haber incurrido en un acto ilegal y arbitrario al efectuar publicaciones en la red social Facebook contra la recurrente y su hijo, lo que produce una afectación a las garantías constitucionales contenidas en el número 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita que se ordena a la recurrida el cese de las publicaciones indicadas. Expresa que la recurrida mantuvo una relación sentimental con su hijo mayor hasta el mes de marzo de 2022 e indica que tras la ruptura ha recibido mensajes, llamadas y correos en que se denigra a su hijo y entorno familiar. Refiere que el día 4 de mayo de 2022, la recurrida publicó en la red social Facebook una denuncia en que acusa a su hijo de adeudarle dinero y a la recurrente de haber tenido conocimiento de los hechos y omitir todo. Afirma que dicha situación le provocó daños psicológicos, sociales y familiares. En tal sentido, indica ataques sociales, amenazas de agresión física, juicios morales, aislamiento, burlas de su entorno, estrés y depresión. Manifiesta que producto de estos hechos su familia optó por cambiar sus celulares y bloquear sus redes sociales, refiriendo temor de volver a ser objeto de nuevas acusaciones en redes sociales por parte de la recurrida. Los hechos descritos, según expone, han vulnerado la garantía constitucional de la vida privada y la honra, ya que argumenta que las situaciones descritas pueden calificarse como difamación, lo que supone haber comunicado hechos falsos sin el cuidado debido y que afectan su prestigio o reputación. Agrega que se afectó su buen nombre y se perjudicó su honra, dado que ha sido percibida por terceros como encubridora y ladrona, sin un juicio que determine la veracidad de los hechos. Segundo: Que, la recurrida no evacuó el informe requerido en autos, por
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Lorena Angélica Santibáñez Abarca, en contra de doña Dariolette Alejandra Painemal Cerda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-65924-2022. En Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Lorena Angélica Santibáñez Abarca, deduciendo recurso de protección en contra de doña Dariolette Alejandra Painemal Cerda, por haber incurrido en un acto ilegal y arbitrario al efectuar publicaciones en la red social Facebook contra la recurrente y su hijo, lo que produc
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