AVLA S.A.G.R./PÉREZ
Rol
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Teniendo únicamente presente que no se configura el vicio de nulidad procesal propiamente dicho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el dieciséis de agosto de dos mil veintiuno, por el 7° Juzgado Civil de Santiago. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal de primera instancia resolverá derechamente la reposición de la interlocutoria de prueba. Devuélvase. N° 7659-2021 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Teniendo únicamente presente que no se configura el vicio de nulidad procesal propiamente dicho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el dieciséis de agosto de dos mil veintiuno, por el 7° Juzgado Civil de Santiago. Sin perjuicio
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