15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ BRYAN ANTONIO CONTRERAS GUTIÉRREZ.(PRIVADO DE LIBERTAD).

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que en la audiencia de control de detención de veinte de julio del año en curso, celebrada ante el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que incide en causa RIT 2877-2023 seguida en contra del imputado Bryan Antonio Contreras Gutiérrez, el defensor solicitó y obtuvo la declaración de ilegalidad de la detención, por considerar el Tribunal a quo que no existían indicios suficientes para practicarla. Segundo: Que en contra de dicha resolución interpuso recurso de apelación el Ministerio Público, solicitando se revoque la resolución impugnada, y se declare la legalidad de cada una de las actuaciones de la policía así como también la detención efectuada al imputado. Tercero: Que de acuerdo al mérito de los antecedentes, se advierte que la detención efectuada por funcionarios policiales se produjo luego de controlar la identidad del imputado, por haber observado dos papelinas en el lugar donde se encontraba sentado el mismo, quien además portaba una mochila, en el contexto de labores de vigilancia que efectuaba la policía en el lugar. Cuarto: Que el hecho descrito anteriormente constituye un indicio de carácter objetivo que permitió a los funcionarios policiales efectuar el control de identidad de acuerdo a lo que dispone el artículo 85 del Código Procesal Penal, quien, al ser registrado se le encontró, además, 168 papelinas contenedoras de 32,53 gramos bruto de cocaína base, 1 balanza digital y $21.520.- en dinero efectivo, y luego de esto al permitir la entrada voluntaria a su domicilio, se encontraron 364 gramos de la misma sustancia; quedando en la hipótesis de flagrancia del artículo 130 del Código Procesal Penal, por lo que la detención en cuestión fue efectuada de acuerdo al ordenamiento jurídico y en consecuencia no es ilegal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos citados y en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veinte de julio del a

Fallo

se declara que su detención fue ajustada a derecho. Devuélvase vía interconexión. N° 2256-2023 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Tercera Sala Rol: 2256-2023 Penal Ruc: 2300778854-1 RIT: 2877-2023 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora María Catalina González Torres y señor Leonardo Varas Herrera y Abogado Integrante señor Santiago Albornoz Pollmann Relator: Francisca Mayol Retamal Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fis

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