JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUINTERO

TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CHILE/MINERA LOS MAITENES S.A.

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

EJECUTIVO, COBRO DE PATENTES IMPAGAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación intentado por la parte ejecutante en contra de la resolución de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, folio N° 18. Devuélvase. N°Civil-2513-2023.

Fundamentos

motivos de imparcialidad, en relación a la abogada Sandra Benavides Schiller. Valparaíso, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Sergio Pizarro Aguilera Relator de Cuenta Dpa C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara inhabilitada para conocer de la presente causa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 N° 3 inciso sexto de las Constitución Política de la República, garantía del debido proceso y por motivos de imparcialidad, en relación a la abogada Sandra Benavides Schiller. Valparaíso, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Sergio Pizarro Aguilera Relator de Cuenta Dpa C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación intentado por la parte ejecutante en contra de la resolución de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, folio N° 18. Devuélvase. N°Civil-2513-2023.

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que la Ministra (S) o (I) Sra. Alvial, se declara inhabilitada para conocer de la presente causa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 N° 3 inciso sexto de las Constitución Política de la República, garantía del debido proceso y por motivos de imparcialidad, en relación a la abogada Sandra Benavides Schiller. Valparaíso, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Sergio Piza

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