SIN INFORMACION

GAMBRA/DEL CORONA (A LA VISTA INGRESO CORTE N° 2994-2023)

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Fernando Figueroa Becerra, en representación convencional de don Álvaro Mario Gambra Yáñez, ejecutante en la causa Rol J-446-2023 seguida ente el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 25 de agosto del año en curso que concedió recurso de apelación en el sólo efecto devolutivo interpuesto en contra de la resolución del día 21 del mismo mes y año, ingresado a esta Corte Bajo el Rol N°2994-2023. Indica que, el 13 de agosto de 2023 se interpuso demanda de cumplimiento del título ejecutivo laboral que emana del finiquito de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 463 y 464 N° 3 y siguientes del Código del Trabajo y artículos 434 y los demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil. Agrega que, el 16 de agosto pasado, el abogado de la ejecutada se opuso a la ejecución interponiendo las excepciones contempladas en los numerales 6, 7 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Precisa que el 21 de agosto de 2023, el tribunal resolvió: “A lo principal: en razón de que las excepciones opuestas no son aquellas a que taxativamente se refiere el artículo 470 del Código del Trabajo, no ha lugar a tener por opuestas las excepciones de la “falsedad del título”, “la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos en las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado” y “la nulidad de la obligación.”. Señala que el 24 de agosto del año en curso, la ejecutada presentó recurso de reposición apelando en subsidio, el que fue concedido en el sólo efecto devolutivo por resolución de 30 de Sostiene que conforme a lo dispuesto en el artículo 472 del Código del Trabajo, la resolución es inapelable. Agrega que el inciso final del artículo 473 del Código del Trabajo, que regula los títulos ejecutivos laborales distintos al establecido en el N°1 del artículo 464, en el caso

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por el abogado don Fernando Figueroa Becerra en contra de la resolución de veinticinco de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago en los autos RIT J-446-2023, declarándose inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido el 24 de agosto del año en curso en contra de la resolución dictada el día 21 del mismo mes y año. Asimismo, déjese constancia en el Ingreso Corte 2994-2023, de lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Laboral - Cobranza-3047-2023. Pronunciada por la Décima Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señor Mario Rojas González y el Fiscal Judicial señora Ana María Hernandez Medina. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Fernando Figueroa Becerra, en representación convencional de don Álvaro Mario Gambra Yáñez, ejecutante en la causa Rol J-446-2023 seguida ente el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 25 de agost

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