SCHOIHET / ISAPRE CRUZBLANCA S.A.
Rol
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Jack Schoihet Arueste, en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a dar cobertura de prestaciones de salud por una supuesta preexistencia, respecto de un tumor cutáneo pigmentado periorbitario izquierdo, lo cual considera que es discriminatorio, y que atenta en contra las garantías fundamentales del recurrente, establecidas en el artículo 19 numerales 1°, 9° y 24° de la Constitución Política de la República de Chile. Indica que suscribió con la Isapre un contrato de salud que actualmente mantiene, y que con fecha 19 de julio de 2023, recibió respuesta que niega cobertura de su carga legal como beneficiario, ya que, a criterio de la recurrida, la enfermedad correspondería a una patología preexistente no declarada. Añade que la Isapre no acompañó ningún documento que señalará fecha de diagnóstico, comunicación de diagnóstico al afiliado o algún antecedente que respalde su decisión, lo que deviene en arbitraria y en ilegal la respuesta negativa a dar cobertura a la patología. Refiere que el médico tratante, Ricardo Klein, emitió un informe en dónde manifestó que el tumor es un hallazgo que se hizo en un control de rutina, y que no es una patología preexiste. Pide que se acoja el recurso, y se ordena a Isapre Cruz Blanca S.A., a dar cobertura de acuerdo a su plan de salud, con costas. Acompaña carta de la Isapre de fecha 19 de julio de 2023 e informe médico donde se indica que la patología diagnosticada no es preexistencia. A folio 8, informa la recurrida Isapre Cruz Blanca S.A., solicitando el rechazo del recurso o en subsidio omitir pronunciamiento, ya que dicha entidad ordenó realizar la reliquidación de la prestación solicitada por la actora y, por lo tanto, no existe un acto que pueda ser considerado ilegal o arbitrario que requiera de cautela. Acompaña plan de salud del recurrente. A folio 9, se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. Segundo: Que, teniendo en consideración lo solicitado por el actor en el petitorio del arbitrio, esto es, el disponer que la Isapre otorgue cobertura de acuerdo a su plan de salud, y habiéndose informado por la recurrida, que la situación denunciada no se encuentra vigente, pues se ordenó la reliquidación de la prestación solicitada, aparece que el presente recurso ha perdido oportunidad, conclusión que impone necesariamente su rechazo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso deducido a favor Jack Schoihey Arueste en contra Isapre Cruz Blanca S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Protección-21659-2023. No sujeta a anonimización.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Jack Schoihet Arueste, en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a dar cobertura de prestaciones de salud por una supuesta preexistencia, respecto de un tumor cutáneo pigmentado periorbitario izquierdo,
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