JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE CHAITEN

CORPORACION NACIONAL CONAF CON CUERPO MILITAR DEL TRABAJO

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso y lo expuesto en la relación, estimando estos sentenciadores que la decisión impugnada se encuentra ajustada a derecho en atención al mérito de la prueba, a la valoración de la misma de acuerdo a las normas de la sana crítica y habiendo tenido la denunciada

Fundamentos

motivos plausibles para litigar; y de conformidad a lo previsto en los artículos 14 y 32 de la Ley Nº18.287, se confirma la sentencia en alzada de fecha catorce de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Policía Local de Chaitén. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Jaime Vicente Meza Sáez, quién estuvo por revocar el

Fallo

fallo en alzada y absolver a la denunciada al estimar la concurrencia de un actuar de buena fe de dicha parte, cuestión que se comprueba con las diligencias llevadas a cabo por aquélla para hacer efectiva la responsabilidad administrativa de la empresa a cuyo cargo se ejecutaron las labores de reforestación y con el plan de corrección presentado ante el organismo fiscalizador para cumplir con la obligación de reforestación impuesta a su parte. Que a mayor abundamiento, se logra apreciar una falta de legitimación pasiva en atención a que el Cuerpo Militar del Trabajo del Ejército de Chile no posee personalidad jurídica ni patrimonio propio, actuando en consecuencia bajo la figura del Fisco de Chile, cuyo emplazamiento corresponde en este caso al Abogado Procurador Fiscal de esta región o al Presidente del Consejo de Defensa del Estado, cuestión que no se advierte en estos autos. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del abogado integrante don Ernesto Manuel González Barría y de la disidencia a cargo de su autor. No firma el Ministro don Juan Patricio Rondini Fernández-Dávila, quien concurrió a la vista y acuerdo por encontrarse haciendo uso de su feriado legal. Rol Policía Local N°5-2023

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinte de septiembre de dos mil veintitrés Vistos: Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso y lo expuesto en la relación, estimando estos sentenciadores que la decisión impugnada se encuentra ajustada a derecho en atención al mérito de la prueba, a la valoración de la misma de acuerdo a las normas de la sana crítica y habiendo tenido la denunciada motivos plausibles

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica