SIN INFORMACION

ROGER ALEEY OROZCO CARRILLO/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Roger Alexey Orozco Carrillo, colombiano, dependiente, domiciliado en Sexta Avenida Nº 1166, departamento 131, San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, domiciliado en calle San Antonio N° 580, piso 3, comuna de Santiago, por haber ordenado su abandono del país, mediante la Resolución Exenta N° 30510, de 5 de julio de 2023, la que califica de ilegal y arbitraria, y que ha afectado su libertad personal, consagrada en el artículo 19, número 7 de la Constitución política de la República. Explica que se le otorgó la permanencia definitiva el 12 de septiembre de 2018. Hace presente que el 25 de marzo de 2022 fue condenado en causa RIT: 8684-2018 del Juzgado de Garantía de La Serena a las penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de asociación ilícita; 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de invasión al giro bancario; 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por el delito de lavado de activos, las que se encuentra cumpliendo mediante la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, satisfactoriamente. Indica que el 20 de abril de 2023 fue notificado del inicio del procedimiento sancionatorio por infringir la legislación migratoria y que finalmente el 22 de agosto de 2023 fue notificado de la resolución impugnada por esta vía que ordenó su expulsión. Sostiene que la resolución es arbitraria e ilegal porque si bien hizo sus descargos, éstos no fueron ponderados, además no se recibió a prueba, lo que vulnera el debido proceso. Señala que los

Fundamentos

fundamentos de la resolución son los siguientes: “Que en atención a lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería y en el artículo 137 de su Reglamento, se ha ponderado que, el extranjero mantiene en nuestro país residencia regular desde el año 2017; que respecto a Constanza Andrea Fierro Bahamondez, a quien señala como su conviviente, y a la hija de ella, no son de aquellos vínculos que establece el artículo 129 de la Ley N° 21.325; que no registra reiteraciones de infracciones migratorias; que no ha realizado contribuciones de índole social, política, cultural, artística, científica o económica en el país, la gravedad del hecho ilícito por el que actualmente cumple condena, y que estas conductas ilícitas ejecutadas por el extranjero vulneran los bienes jurídicos de la seguridad pública, el orden público económico y la hacienda pública, lo que genera graves consecuencias sociales, que afecta los intereses colectivos resguardados por el Estado y cuya realización atenta directamente contra el bienestar común y orden social. Ponderado lo expuesto, esta Autoridad estima que no es posible aceptar su permanencia en el territorio nacional”. Refiere que actualmente mantiene convivencia con su futura esposa Constanza Fierro Bahamondes y que ha criado a su hija de actuales seis años, como si fuese propia, quien lo considera a su vez, como su padre, argumentando que forman una familia conforme a la legislación vigente. Agrega que se encuentra actualmente trabajando como recaudador y jefe operacional en la empresa Comercial e Inversiones Santiago Sur S.A, con contrato indefinido desde el 7 de noviembre de 2022 y que recibe una remuneración de $600.000. Añade que no presenta otras anotaciones en su extracto de filiación penal, concluyendo que actualmente se encuentra regenerado y que es un aporte para la sociedad. Pide, previas citas legales, que en definitiva se deje sin efecto la resolución que ordenó su expulsión. Segundo: Que informa al tenor del recurso el abogado del Servicio Nacional de Migraciones, Julián Matías Salviat Silva, solicitando el rechazo del recurso, indicando que registra un primer ingreso el 2013, para luego, finalmente, obtener la permanencia definitiva el 2018, tal como refiere el recurso. Indica que luego, efectivamente el recurrente fue condenado a las penas señaladas por sentencia de 25 de marzo de 2022, agregando que el compareciente junto con otro extranjero, desde a lo menos enero de 2017 y hasta diciembre de 2021, formaron parte de una organización criminal cuyo objeto fue captar y recibir en forma habitual dinero del público y otorgar préstamos en dinero efectivo a distintos comerciantes de La Serena, Coquimbo, Ovalle y otras comunas del país, mediante operaciones de créditos informales conocidos como “gota a gota”, concretando al menos 142 operaciones de préstamo de esta naturaleza. Dichas operaciones fueron realizadas sin poseer autorización para realizarlas, aplicando por lo general ta

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. A los escritos folio 21 y 23: Téngase presente. Al escrito folio 22: A lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Roger Alexey Orozco Carrillo, colombiano, dependiente, domiciliado en Sexta Avenida Nº 1166, departamento 131, San Miguel, en contra del Servicio Nacional d

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