SIN INFORMACION

TORRES VALDERRAMA CLARA ANTONIA/FISCO-TESORERÍA PROVINCIAL DE LAS CONDES - (LTE)

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Gajardo Toro, en representación de Clara Torres Valderrama, ejecutada en los autos administrativos Rol 11458-2023 Las Condes, sustanciados ante el Sr. Juez Tesorero Provincial de Las Condes y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 3 de agosto de 2023, por medio de la cual no se concedió un recurso de apelación en circunstancias que lo estima procedente. Menciona como antecedentes de su recurso, que promovió un incidente de abandono de procedimiento, atendida la inactividad del Servicio de Tesorería por más de tres años, sin embargo, este fue denegado mediante resolución de 6 de julio de 2023. Indica que dedujo recurso de apelación, dentro de plazo, en contra dicha resolución, sin embargo, el Juez Sustanciador, no le dio lugar, por improcedente, fundado principalmente en que, en este tipo de procedimientos, no se contempla la existencia de recursos contra las resoluciones dictadas en relación con la petición ventilada. Argumenta que a la resolución apelada le resultan aplicables las normas comunes del Código de Procedimiento Civil, entre ellas las de abandono de procedimiento y las de apelación. Además, que los actos que efectúa el Juez Sustanciador son de carácter judicial y no administrativo. En consecuencia, solicita tener por interpuesto el presente recurso de hecho, y en definitiva declare admisible el recurso de apelación deducido por su parte. Segundo: Que, informando don David León Atinao, Tesorero Regional y Juez Sustanciador, indica que el día 14 de julio de 2023, el abogado de la ejecutada dedujo un recurso de apelación contra la resolución de 06 de julio de 2023, notificada el día 07 de ese mismo mes y año, que no acogió el incidente de abandono de procedimiento. Fundamenta, que si bien el artículo 190 del Código Tributario hace aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil al procedimiento de cobro ejecutivo de obligaciones tributarias, lo hace con la limit

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido en representación de la ejecutada Clara Torres Valderrama, en los autos administrativos Rol 11458-2023 Las Condes, del Tesorero Provincial de Las Condes y en contra de la resolución de 3 de agosto de 2023, en consecuencia, se concede en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación deducido con fecha 14 de julio de 2023, en contra de la resolución de 6 de julio del mismo año. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo para los fines pertinentes. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Civil-12587-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo Gajardo Toro, en representación de Clara Torres Valderrama, ejecutada en los autos administrativos Rol 11458-2023 Las Condes, sustanciados ante el Sr. Juez Tesorero Provincial de Las Condes y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 3 de agosto d

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