6º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BLANCO/COLOMA

Rol

Fecha

21 de septiembre de 2023

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandante el diez de agosto del año en curso, contra lo pertinente de la resolución de fecha cuatro del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14036-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandante el diez de agosto del año en curso, contra lo pertinente de la resolución de fecha cuatro del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14036-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés. Al folio N° 3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede se

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