JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL

CAMILO RODRÍGUEZ TAPIA / VIGMOST SPA Y OTRO

Rol

Fecha

20 de septiembre de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En los antecedentes RUC 23-4-0457628-3 RIT M-73-2023, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintitrés, se acogió parcialmente, sin costas, la demanda interpuesta por don CAMILO NICOLÁS RODRIGUEZ TAPIA, en contra de VIGMOST SPA, declarando la existencia de relación laboral entre las partes y condenando a la demandada al pago de las sumas que indica por los conceptos de indemnización sustitutiva del aviso previo; remuneraciones correspondientes a 9 días del mes de noviembre de 2022; feriado proporcional correspondiente al periodo de relación laboral, y horas extras demandadas. Se ordenó también el pago de cotizaciones previsionales en AFP Modelo, Fonasa y AFC Chile por el periodo comprendido entre el 29 de agosto hasta el 09 de noviembre de 2022 en base a un sueldo mensual de $ 600.000 y el pago de “remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el respectivo contrato de trabajo desde la fecha del despido, esto es el 09 de noviembre de 2022 y hasta la convalidación del mismo, a razón de una remuneración mensual de $600.000.-“ Se rechazó la demanda en cuanto se la había deducido contra Felipe Ignacio Vergara Urbina. Contra el aludido fallo dedujo la demandada recurso de nulidad, invocando como causal la prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia "haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica"., solicitando se invalide la sentencia recurrida y, acto seguido, se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace la demanda, en todas sus partes, con costas. Con fecha cinco de junio del año en curso, la Sala Tramitadora declaró admisible el recurso. Con lo oído y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, para sustentar la causal invocada, el recurso efectúa un análisis de la sentencia, comentando respecto del valor que ésta asignó a los medios de prueba presentados por las partes, para luego rebatir, respecto de cada uno de los hechos que el tribunal tuvo por acreditados, la forma en que se arribó a tal conclusión, sosteniendo que ellos escapan a las reglas de la lógica, particularmente por haberse dado una valoración excesiva al reclamo presentado por el actor ante la Inspección del Trabajo y acta de comparendo ante esa institución, que sólo constituyen declaraciones unilaterales del demandante. Asimismo, cuestiona el mérito de las declaraciones testimoniales, que el

Fallo

fallo dedujo la demandada recurso de nulidad, invocando como causal la prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia "haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica"., solicitando se invalide la sentencia recurrida y, acto seguido, se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo que rechace la demanda, en todas sus partes, con costas. Con fecha cinco de junio del año en curso, la Sala Tramitadora declaró admisible el recurso. Con lo oído y considerando: Primero: Que, para sustentar la causal invocada, el recurso efectúa un análisis de la sentencia, comentando respecto del valor que ésta asignó a los medios de prueba presentados por las partes, para luego rebatir, respecto de cada uno de los hechos que el tribunal tuvo por acreditados, la forma en que se arribó a tal conclusión, sosteniendo que ellos escapan a las reglas de la lógica, particularmente por haberse dado una valoración excesiva al reclamo presentado por el actor ante la Inspección del Trabajo y acta de comparendo ante esa institución, que sólo constituyen declaraciones unilaterales del demandante. Asimismo, cuestiona el mérito de las declaraciones testimoniales, que el fallo estima contestes y suficientes para acreditar determinados puntos, en circunstancias que carecen de tales características. Seguidamente entrega conceptos doctrinarios sobre lo que debe entenderse por sana

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: En los antecedentes RUC 23-4-0457628-3 RIT M-73-2023, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintitrés, se acogió parcialmente, sin costas, la demanda interpuesta por don CAMILO NICOLÁS RODRIGUEZ TAPIA, en contra de VIGMOST SPA, declarando la existencia de relación laboral en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica