SIN INFORMACION

ARAVENA/JORQUERA

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: A lo principal y primer otrosí: 1.-  Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales.    2.-: Que de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad ya que adolece de manifiesta falta de

Fundamentos

fundamentos para recurrir por esta vía excepcional y extraordinaria, no siendo entonces la vía idónea al efecto, existiendo en nuestra legislación procedimientos regulados y de lato conocimiento, en sede procesal respectiva, para resolver situaciones como las planteadas por el actor, examen de admisibilidad que el numeral 2° del Auto Acordado Sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantía Constitucionales permite realizar a estos sentenciadores, razones por las cuales se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Al segundo y tercer otrosí: Estese a lo resuelto Al cuarto otrosí: Téngase Presente. Acordada con el voto en contra del Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez quien estuvo por declarar admisible el recurso.   Rol Protección 1190-2023

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt dieciséis de septiembre de dos mil veintitrés  Vistos y teniendo presente: A lo principal y primer otrosí: 1.-  Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artí

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