JUZGADO DE GARANTIA DE RENGO

MP C/ JASON FRANCISCO ESPINOZA ESPINOZA Y OTRO

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en particular, las imágenes exhibidas por la defensa en audiencia ante esta Corte, que dan cuenta de un inmueble aparentemente destinado a la habitación, unido a la declaración de la víctima, quien según lo informado por el Ministerio Público en sus alegatos, señaló residir en dicho lugar desde hace aproximadamente un mes, sin ser ello controvertido por la defensa, permite sostener que en esta etapa procesal primigenia existen elementos de imputación suficientes para presumir fundadamente la existencia del delito por el cual han sido formalizados los imputados, por lo que atendido su naturaleza y la pena asignada al mismo, y no encontrándose controvertida la participación de ambos encausados, es que se cumplen todos los presupuestos establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo que corresponde decretar medidas cautelares, según se dirá. Y visto además lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se revoca la resolución apelada de quince de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, en causa RIT 2463-2023, en cuanto no decretó la prisión preventiva del imputado ANDRÉS MARCELO ANDRADE MARAVI y en su lugar se decide que se decreta la prisión preventiva, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. II.- Que se revoca la resolución apelada antes señalada, en cuanto no decretó la internación provisoria del adolescente JASON FRANCISCO ESPINOZA ESPINOZA, y en su lugar se decide que se decretan las medidas cautelares de la letras a) y b) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno por 12 horas, desde las 20:00 a las 08:00 horas de cada día y a la Sujeción y Supervigilancia del Sename, organismo que deberá informar mensualmente al tribunal, acerca de la adherencia del imputado a dicha medida cautelar. Dese orden de libertad inmediata, del adolescente JASON F

Fallo

se resuelve: I.- Que se revoca la resolución apelada de quince de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, en causa RIT 2463-2023, en cuanto no decretó la prisión preventiva del imputado ANDRÉS MARCELO ANDRADE MARAVI y en su lugar se decide que se decreta la prisión preventiva, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. II.- Que se revoca la resolución apelada antes señalada, en cuanto no decretó la internación provisoria del adolescente JASON FRANCISCO ESPINOZA ESPINOZA, y en su lugar se decide que se decretan las medidas cautelares de la letras a) y b) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno por 12 horas, desde las 20:00 a las 08:00 horas de cada día y a la Sujeción y Supervigilancia del Sename, organismo que deberá informar mensualmente al tribunal, acerca de la adherencia del imputado a dicha medida cautelar. Dese orden de libertad inmediata, del adolescente JASON FRANCISCO ESPINOZA ESPINOZA si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol I. Corte 1294-2023- Penal-.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dieciséis de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en particular, las imágenes exhibidas por la defensa en audiencia ante esta Corte, que dan cuenta de un inmueble aparentemente destinado a la habitación, unido a la declaración de la víctima, quien según lo informado por el Ministerio Público en sus alegatos, señaló residir en

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