TESORERÍA PROVINCIAL DEL RANCO/AGUAS DEL SUR S.A. (VIS. CONJUNTA CON CAUSA ROL 435-2023 CIVIL)
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: En este juicio ejecutivo caratulado “Tesorería Provincial del Ranco con Aguas del Sur S.A.”, Rol C-219-2022, cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, seguido ante el Juzgado de Letras de Río Bueno, los señores Sergio Yávar Celedón y Pablo Rioseco Griffero, abogados, en representación de Ganadera y Forestal Carrán Limitada, también llamada “GF Carrán” para abreviar, deducen recurso de apelación en contra de la resolución de trece de abril de dos mil veintitrés, que es la que se transcribe a continuación: El mérito de lo obrado en autos, en especial, la comparecencia del incidentista a folio 19 del cuaderno principal, con fecha 2 de septiembre de 2022, oportunidad en la que opuso excepciones y señaló como domicilio José Victorino Lastarria N° 333, Santiago, y lo dispuesto en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que se rechazan, sin costas, las solicitudes de lo principal, primer y segundo otrosíes de folio 94 del cuaderno principal, con fecha 5 de abril de 2023. Respecto del tercer otrosí, en cuanto a la suspensión del remate, estese a lo resuelto en el cuaderno de apremio; y, en cuanto a la exclusión de la nómima de la patente N° 3407, previo a resolver, ofíciese a la Dirección General de Aguas, para efectos de que informe: 1)La efectividad de haberse modificado la patente N° 3407 en el listado de derechos de aprovechamientos de agua afectos al pago de patente por no uso, fijado por Resolución DGA N° 2662, de 28 de diciembre de 2020, en el sentido de indicarse como su titular a Ganadera y Forestal Carrán Limitada; y 2) La efectividad de haberse eliminado la patente N° 3407 del listado de derechos de aprovechamientos de agua afectos al pago de patente por no uso, fijado por Resolución DGA N° 3592, de 29 de diciembre de 2021. Piden se revoque dicha resolución y, consecuencialmente, se declare la nulidad de todo lo obrado en relación al cobro ejecutivo de la patente asociada al DDA N° 3407 disponiendo
Fundamentos
motivos y de conformidad con los artículos 83 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, de oficio se anula la notificación de la acción a Ganadera y Forestal Carrán Limitada, sólo del emplazamiento respecto del cobro de la patente del DDA N°3407 y, en consecuencia, también se anula el primer párrafo de la resolución apelada, referido al inicio, que rechaza el incidente de nulidad de lo obrado y corrección de oficio. De conformidad con lo que dispone el artículo 55 del Código de Procedimiento Civil, téngase a la ejecutada por notificada de la acción ejecutiva del cobro en cuestión, notificación que se tendrá por efectuada a partir de la notificación del “cúmplase” de la presente resolución. Atendido lo resuelto, no se emite pronunciamiento sobre el recurso de apelación. Acordado con el voto en contra del Ministro Titular señor Samuel Muñoz Weisz, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Redacción del Ministro Titular señor Juan Ignacio Correa Rosado. N°Civil-715-2023.
Fallo
se resuelve que se rechazan, sin costas, las solicitudes de lo principal, primer y segundo otrosíes de folio 94 del cuaderno principal, con fecha 5 de abril de 2023. Respecto del tercer otrosí, en cuanto a la suspensión del remate, estese a lo resuelto en el cuaderno de apremio; y, en cuanto a la exclusión de la nómima de la patente N° 3407, previo a resolver, ofíciese a la Dirección General de Aguas, para efectos de que informe: 1)La efectividad de haberse modificado la patente N° 3407 en el listado de derechos de aprovechamientos de agua afectos al pago de patente por no uso, fijado por Resolución DGA N° 2662, de 28 de diciembre de 2020, en el sentido de indicarse como su titular a Ganadera y Forestal Carrán Limitada; y 2) La efectividad de haberse eliminado la patente N° 3407 del listado de derechos de aprovechamientos de agua afectos al pago de patente por no uso, fijado por Resolución DGA N° 3592, de 29 de diciembre de 2021. Piden se revoque dicha resolución y, consecuencialmente, se declare la nulidad de todo lo obrado en relación al cobro ejecutivo de la patente asociada al DDA N° 3407 disponiendo retrotraer la causa el estado de que su parte sea válidamente emplazada de dicha demanda de cobro o, en subsidio, declarar la nulidad de la notificación del cobro de la patente asociada al DDA N° 3407 practicada ineficazmente por medio de carta certificada o, en subsidio, que se disponga la corrección de oficio del procedimiento conforme al artículo 84 del CPC, declarando d
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C.A. de Valdivia Valdivia, quince de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: En este juicio ejecutivo caratulado “Tesorería Provincial del Ranco con Aguas del Sur S.A.”, Rol C-219-2022, cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, seguido ante el Juzgado de Letras de Río Bueno, los señores Sergio Yávar Celedón y Pablo Rioseco Griffero, abogados, en representación
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