THOMAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra interpone acción constitucional de protección en favor de Finilia Thomas, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de residencia definitiva. Indica que solicitó el referido beneficio migratorio el 9 de octubre de 2020, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida respecto de su petición. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida otorgar el acto administrativo terminal del proceso administrativo de residencia definitiva, cesando las vulneraciones a sus garantías constitucionales. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, previo a evacuar su informe, solicita se declare la inadmisibilidad de la acción impetrada por cuanto, según lo ha señalado la Excma. Corte Suprema, no existe ilegalidad ni arbitrariedad ni aun en grado de amenaza que pueda ser tutelada mediante el presente arbitrio excediendo la materia con creces la tutela cautelar que es propia de la acción de protección. Reclama, además, que al no existir vulneración constitucional ni aun en grado de ́ amenaza, la tutela exigida pierde su eficacia puesto que no existe derecho cuyo imperio deba ser reestablecido. Refiere que tampoco se reclama la exi
Fallo
se declara: I. Que se rechaza la alegación de inadmisibilidad. II. Que se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva. III. Que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Finilia Thomas, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que ésta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3089-2023-Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, quince de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra interpone acción constitucional de protección en favor de Finilia Thomas, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ileg
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