MELLADO/DEPARTAMENTO CONTROL PENITENCIARIO GENDARMERIA
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
SE DESESTIMA
Hechos
VISTO: 1°.- Comparece la abogada Javiera Mellado Valdés, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado Byron Alexsander Gutiérrez Cabezas, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, interponiendo recurso de amparo en contra del Departamento de Control Penitenciario de Gendarmería de Chile. Indica que su representado cumple actualmente diversas condenas, de 5 años y 1 días, más 3 años y 1 día, más 61 días al ser condenado por diversos delitos, iniciando dicho cumplimiento el 28 de abril de 2021 pronosticando su término para el día 06 de septiembre de 2027, contando con un abono de 664 días. Sostiene que con fecha 22 de junio de 2023, en horas de la tarde, recibió un llamado de la madre de su representado, informando que su hijo había sido agredido al interior de la unidad penal, manteniendo lesiones visibles en su rostro, lo que fue corroborado en entrevista de fecha 23 junio último, donde se le informa que había sido agredido por otros internos, debiendo ser ingresado al dormitorio de aislados, ante amenazas de nuevas agresiones. Relata que ante tal situación resultaba indispensable su traslado a otra unidad penal, en resguardo de su integridad física y psíquica, por lo que solicitó audiencia de cautela de garantías, que se realizó con fecha 29 de junio de 2023 ante el Juzgado de Garantía de Chillán, donde se resolvió acceder a la petición de la Defensa, autorizándose el traslado inmediato del interno al CCP BIOBIO, en un plazo máximo de 72 horas, señalándose que Gendarmería debía adoptar las medidas de seguridad necesarias para velar por la integridad física y psíquica del imputado. Sin embargo, dicho traslado no se ha realizado a la fecha de interposición del recurso, no obstante haber sido reiterada la instrucción por el tribunal. En cuanto al derecho, cita y transcribe los artículos 21, 19 n° 7, de la Carta Fundamental, los artículos 2° y 4° del Decreto Supremo n° 518, manifestando que el Depa
Fundamentos
considerando precedente, el recurso de amparo tiene como objeto restablecer el imperio del derecho ante cualquier perturbación, privación o amenaza en el ejercicio de la libertad personal y seguridad individual, que tenga como causa un acto u omisión arbitraria o ilegal. 5°.- Que, el acto imputado a la recurrida dice relación con el incumplimiento de la orden emanada del Juez del Juzgado de Garantía de Chillán, quien habría decretado, con fecha 29 de junio de 2023, el traslado del amparado al CCP BIOBIO, por las razones tenidas a la vista al momento de resolver, incumplimiento que habría originado una nueva orden de parte del tribunal, sin que hasta la fecha de la interposición de la presente acción se haya concretado. 6°.- Que, conforme a los antecedentes que se han tenido a la vista, unido a los hechos expuestos por la recurrida, se desprende que se ha subsanado la situación referida por el recurrente, desde que se ha cumplido con el traslado decretado por el tribunal de garantía de Chillán, por lo que debe desestimarse la presente acción de amparo, al haber perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se desestima la acción de amparo deducida en favor de Byron Alexsander Gutiérrez Cabezas en contra del Departamento de Control Penitenciario de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo resuelto, se insta a la recurrida a que, en lo sucesivo, las resoluciones de traslado por razones de seguridad ordenadas por los tribunales, sean cumplidas dentro de los plazos decretados. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción a cargo de la Ministra señora Érica Pezoa Gallegos. No firma el abogado Fabián Huepe Artigas, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. Rol 135-2023 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Chillán, quince de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO: 1°.- Comparece la abogada Javiera Mellado Valdés, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación del condenado Byron Alexsander Gutiérrez Cabezas, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, interponiendo recurso de amparo en contra del Departamento de Control Penitenciario de Gendarmería
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