MINISTERIO PUBLICO C/ SEBASTIAN IGNACIO VALDEBENITO URRUTIA
Rol
1640-2022
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Sebastián Valdebenito Urrutia recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica por la cual fue condenado como autor de los delitos de lesiones graves, tenencia ilegal de arma de fuego y receptación. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, debido proceso, presunción de inocencia y principio de culpabilidad ya que el tribunal habría dictado veredicto condenatorio en base a sospechas, simples conjeturas o circunstancias que no permitían dar por acreditada la existencia del delito y la participación, debiendo quedar absuelto por las lesiones graves o sólo condenado por lesiones menos graves; en subsidio la del artículo 373 b) del mismo Código por determinación de la pena, acorde a los artículos 75 y 74 del Código Penal; en subsidio la del artículo 373 b) por determinación de la pena por tener dos atenuantes y existir la posibilidad rebajar aún más allá de lo hecho por el tribunal. 3° Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando la reconducción a la letra e) del artículo 374 del Código adjetivo. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez, que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación principal es un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, razón por la cual se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Arica, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al otrosí del escrito folio 4150-2022: Esté a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 1.640-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S., y el Abogado Integrante Sr. Ricardo Abuauad D. No firma el Abogado Integrante Sr. Abuauad, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Arica, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al otrosí del escrito folio 4150-2022: Esté a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 1.640-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Leopoldo Llanos S., y el Abogado Integrante Sr. Ricardo Abuauad D. No firma el Abogado Integrante Sr. Abuauad, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Sebastián Valdebenito Urrutia recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica por la cual fue condenado como autor de los delitos de lesiones graves, tenencia ilegal de arma de fuego y receptación. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del ar
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