JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA

CASABLANCA TRANSMISORA DE ENERGÍA/

Rol

Fecha

15 de septiembre de 2023

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de diecinueve de junio de dos mil veintitrés, dictada en la causa Rit V-85-2023, del Juzgado de Letras de Casablanca. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Germán Manuel Núñez Romero, quien estuvo por revocar la resolución recurrida y otorgar la posesión material del terreno, porque, en su concepto se reúnen en la especie todos los requisitos establecidos en el artículo 67 del D.F.L. N°4 al efecto, sin que sea pertinente exigir la notificación referida en el artículo 65, ya que cualquier reclamación pendiente, según la primera norma citada, no obsta la referida entrega, al disponer expresamente que no obsta a lo dispuesto la existencia de una reclamación pendiente. Devuélvase. N°Civil-2353-2023.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de septiembre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de diecinueve de junio de dos mil veintitrés, dictada en la causa Rit V-85-2023, del Juzgado de Letras de Casablanca. Acordada con el voto en contra del Mi

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