MEZA SOTO MIGUEL ANGEL/CARABINEROS DE CHILE, DIRECCIÓN DE PERSONAL
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que comprometan la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como los requisitos o formalidades, tanto de orden constitucional como legal, que protegen ese derecho a la libertad personal de los abusos de poder y de las arbitrariedades, en términos que la misma sólo puede ser privada o restringida “en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes”; 2°) Que, en cualquier caso, si de obtener información se tratara, el artículo 186 del Código Procesal Penal faculta a cualquier persona para acudir al respectivo juez de garantía con los fines perseguidos por el recurrente. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y artículo 186 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2199-2023.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y artículo 186 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2199-2023.
Texto Completo (Preview)
gail C.A. de Santiago Santiago, quince de septiembre de dos mil veintitrés. Proveyendo al folio N°1; a lo principal, aténgase a lo que se resolverá; al primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, estese a las notificaciones efectuadas por el estado diario de esta Corte. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que comprometan la
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