ANONIMIZADO
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la sentencia apelada dictada el cuatro de julio del año dos mil veintidós, por el 4° Juzgado de Familia de Santiago, con declaración de que además de la suma dineraria fijada en UTM, el demandante deberá cancelar únicamente la mensualidad y matrículas de los alimentarios a título de gastos de educación y los gastos ordinarios por concepto de salud. Regístrese y devuélvase. N° 2629-2022...
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de septiembre de dos mil veintitrés. Al folio 4: Habiéndose justificado la solicitud en la realización de una audiencia del mes de noviembre de dos mil veintiuno, no ha lugar. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la sentencia apelada dictada el cuatro de julio del año dos mil veintidós, por
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