MP C/ MATIAS VALENTIN IGNACIO VELASQUEZ ZUÑIGA
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido los argumentos vertidos en estrados y del mérito de los antecedentes, entendiendo esta Corte que la exclusión de prueba realizada por la juez de la instancia no cumple con el criterio dispuesto en los términos del artículo 276 del Código Procesal Penal, toda vez que la cadena de custodia de las sustancias suspectas se efectuó conforme a los protocolos dispuestos por la autoridad y la orden de remitir las mismas al laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile, y luego al Instituto de Salud Pública, el que evacuó el informe químico que se ha cuestionado en la audiencia de preparación de juicio oral, debe ser analizada, ponderada y resuelto en la audiencia de juicio oral respectivo. Por lo expuesto, se revoca, la resolución apelada de uno de septiembre de dos mil veintitrés, por la cual se acogió la exclusión probatoria respecto de la Perito N° 4°Gisela Vargas Pérez, y en su lugar, se dispone incluir dicha prueba en el auto de apertura de juicio oral. Notifíquese, comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°Penal-2257-2023. En Valparaíso, quince de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por lo expuesto, se revoca, la resolución apelada de uno de septiembre de dos mil veintitrés, por la cual se acogió la exclusión probatoria respecto de la Perito N° 4°Gisela Vargas Pérez, y en su lugar, se dispone incluir dicha prueba en el auto de apertura de juicio oral. Notifíquese, comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°Penal-2257-2023. En Valparaíso, quince de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a quince de septiembre de dos mil veintitrés, siendo las 11:11 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Mario Gómez Montoya, e integrada por el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto y
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