SIMÓN SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ESTACIÓN CENTRAL
Rol
Fecha
14 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Rodolfo Francisco Rojas Castro, comerciante, quien recurre de protección en contra de la Municipalidad de Estación Central por el acto arbitrario e ilegal consistente en la no renovación de la patente de alcoholes correspondiente al segundo semestre del año 2022, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 Nº 2, 21, 22 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que actualmente mediante la persona jurídica “Simón Spa” lleva 28 años operando una botillería en la calle Manuel Thompson N°4074 de la Comuna de Estación Central. Durante todo este período, su patente de alcoholes Rol N° 400315 fue renovada de manera ininterrumpida. Sin embargo, mediante un Decreto Alcaldicio Sección Segunda N° 866/2022 de fecha 10 de agosto de 2022, la entidad recurrida decidió no renovar su patente de alcoholes debido a un informe desfavorable de Carabineros en el cual señalaba que el barrio se habría convertido en una zona de mucha delincuencia. Alega que la fundamentación del acto impugnado es insuficiente, ya que se limita a referirse de manera general al caso, mencionando los informes de la Junta de Vecinos, el Departamento de Seguridad Municipal y Carabineros. Señala que, en vista de la situación de seguridad en el área, ha tomado medidas para contribuir al bienestar de la zona, como cerrar su establecimiento más temprano para evitar las problemáticas mencionadas en el informe de la Junta de Vecinos. No obstante, reconoce que el problema de seguridad comunal está influenciado por diversos factores, y más allá de sus acciones, se requiere el respaldo del personal de seguridad comunal y de Carabineros. El recurrente considera la medida tomada por la autoridad como arbitraria, ya que si bien el Alcalde y el Consejo Municipal tienen la potestad de decidir sobre la renovación de una patente, esta decisión debe estar bien fundamentada y respaldada por
Fundamentos
motivos racionales. Alega que en su caso, la patente no se renovó basándose en factores de seguridad pública, a pesar de que este aspecto engloba una serie de elementos en su mayoría fuera de su control. En relación al informe de Carabineros citado por la autoridad, argumenta que este se refiere de manera general al asunto, abarcando aspectos de seguridad que afectan a nivel comunal y no solo a la zona donde se encuentra su botillería. Además, sostiene que en el acto impugnado no se mencionan las conductas o infracciones cometidas directamente por él como titular de la patente y critica que la autoridad haya optado por la medida más severa sin considerar la posibilidad de aplicar sanciones graduales. Añade que a lo largo del tiempo en que su local ha operado en la zona, nunca ha sido multado ni clausurado, debiendo la autoridad tener en cuenta su historial y no limitarse a no renovar la patente. Previa cita de las normas legales y constitucionales atingentes solicita que se acoja el recurso y se ordene al Departamento de Rentas Municipales girar los derechos que corresponden a la patente de alcohol del recurrente y, en definitiva, mantener vigente la patente mientras no se verifique una causal de extinción prevista en la ley, con costas. SEGUNDO: Que comparece Juan Pablo Labrin Devia, abogado en representación de la Municipalidad de Estación Central informando al tenor del recurso solicitando su rechazo. Argumenta que, es crucial entender que el recurso de protección busca restablecer derechos vulnerados por acciones u omisiones arbitrarias o ilegales que afectan el ejercicio legítimo de garantías establecidas en el artículo 20 de la Constitución. Sin embargo, en este caso, el recurso no es el medio apropiado para cuestionar el acto en disputa, dado que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades ofrece vías para rectificar decisiones como la cuestionada. Añade que es importante señalar que la resolución en discusión cumple con los requisitos delineados en los artículos 11 y 41 de la Ley 18.890. En detalle, la decisión expresa las razones que respaldan su adopción. Específicamente, el informe de la Junta de Vecinos revela el consumo de alcohol fuera de la botillería, lo que genera conflictos con los vecinos por ruido y peleas en el área. Adicionalmente, el informe de la 21° Comisaría resalta que el 10.7% de los accidentes de tráfico relacionados con alcohol ocurren en esa zona, abogando por limitar el acceso al alcohol como medida preventiva. Además, se destaca la sobreabundancia de patentes de alcohol en el sector, lo cual podría intensificar la actividad delictiva. Añade, que por otro lado, la Dirección de Seguridad, Prevención y Participación Ciudadana informó que Estación Central tiene un exceso de patentes de alcohol en relación a la población, incumpliendo con las proporciones legales. También subraya que la nueva Ley 19.925 refuerza las regulaciones sobre venta de alcohol. Destaca que el proceso de renovación de la patente d
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se acoge el recurso de protección, ordenándose a la recurrida disponer la renovación de la patente de alcoholes objeto del presente arbitrio. Regístrese y comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la ministra suplente señora Jorquera. N°Protección-102111-2022. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por la Ministro señora Mireya Eugenia López Miranda, la Ministro (S) señora Soledad Jorquera Binner y el Abogado Integrante señor Oscar Torres Zagal. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Rodolfo Francisco Rojas Castro, comerciante, quien recurre de protección en contra de la Municipalidad de Estación Central por el acto arbitrario e ilegal consistente en la no renovación de la patente de alcoholes correspondiente al segundo semestre del año 2022, vulnerando l
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