COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO EL ALGARROBAL II/ABARZÚA
Rol
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, norma que prescribe que deducido en recurso de apelación, en juicios de menor cuantía, contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez lo tendrá por interpuesto para después de la sentencia que ponga término al juicio, debiendo el apelante reproducirlo dentro de los cinco días subsiguientes al de la notificación del fallo y en virtud de esa reiteración, lo concederá, si procediere; no existiendo, en consecuencia, asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento, por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la demandada el veintiuno de julio del año en curso (folio N°53), en contra de la resolución que recibió la causa a prueba de diecisiete del mismo mes y año (folio N°51), debiendo el tribunal a quo tenerlo por interpuesto y concederlo, en su oportunidad, si procediere. Devuélvase. N°Civil-13651-2023.mst
Fallo
fallo y en virtud de esa reiteración, lo concederá, si procediere; no existiendo, en consecuencia, asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento, por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la demandada el veintiuno de julio del año en curso (folio N°53), en contra de la resolución que recibió la causa a prueba de diecisiete del mismo mes y año (folio N°51), debiendo el tribunal a quo tenerlo por interpuesto y concederlo, en su oportunidad, si procediere. Devuélvase. N°Civil-13651-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido lo dispuesto en el numeral 7º del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, norma que prescribe que deducido en recurso de apelación, en juicios de menor cuantía, contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica