SERVICIOS INTEGRALES SUPPORT S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE
Rol
Fecha
12 de septiembre de 2023
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veintinueve de diciembre de veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-390-2022, se resolvió rechazar la reclamación interpuesta en contra de la Resolución N° 366/2022, de fecha 28 de octubre de 2022, de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente, a través de la cual rechazó la solicitud de reconsideración de las multas que fueron interpuestas por Resolución N° 7970/22/5, de fecha 28 de junio de 2022. Contra ese fallo la parte reclamante deduce recurso de nulidad, invocando como causal la prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el N° 6 del artículo 459 del mismo cuerpo normativo. De forma subsidiaria invoca la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley, específicamente con lo dispuesto en el artículo 41 del mismo cuerpo normativo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, como primera causal de nulidad, se invoca por el recurrente la establecida en el artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 N° 6 del Código del Trabajo, toda vez que la sentencia no se habría pronunciado, a su juicio, sobre uno de los fundamentos esgrimidos por su parte, a saber, el error de hecho en que habría incurrido la Inspección del Trabajo al momento de identificar la infracción que se le reprocha a su parte, asociado al juicio de tipicidad que dio origen a las multas. Manifiesta al respecto que el
Fallo
fallo la parte reclamante deduce recurso de nulidad, invocando como causal la prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el N° 6 del artículo 459 del mismo cuerpo normativo. De forma subsidiaria invoca la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley, específicamente con lo dispuesto en el artículo 41 del mismo cuerpo normativo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes. Considerando: Primero: Que, como primera causal de nulidad, se invoca por el recurrente la establecida en el artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 N° 6 del Código del Trabajo, toda vez que la sentencia no se habría pronunciado, a su juicio, sobre uno de los fundamentos esgrimidos por su parte, a saber, el error de hecho en que habría incurrido la Inspección del Trabajo al momento de identificar la infracción que se le reprocha a su parte, asociado al juicio de tipicidad que dio origen a las multas. Manifiesta al respecto que el fallo solo se hace cargo del fundamento subsidiario de su parte, esto es, que las asignaciones pagadas por la empresa son conceptos no imponibles y por lo tanto no correspondía que se pagaran cotizaciones de seguridad social por su causa. Segundo: Que conforme al artículo 459 N° 6 del Código del Trabajo la exigencia de resolver las cuestiones sometidas al tribunal dice relación no solo con las
Texto Completo (Preview)
Santiago, doce de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Por sentencia de veintinueve de diciembre de veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-390-2022, se resolvió rechazar la reclamación interpuesta en contra de la Resolución N° 366/2022, de fecha 28 de octubre de 2022, de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente, a través
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica