JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

M-P- C/ JUAN CARLOS CURINAO RODRÍGUEZ

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2023

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, estimando estos sentenciadores que en este estadio procesal se encuentran suficientemente acreditados los presupuestos previstos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, constituyendo la libertad del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad, y visto lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de once de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que no hizo lugar a decretar la medida cautelar de prisión preventiva de JUAN CARLOS CURINAO RODRÍGUEZ y en su lugar se declara, que se hace lugar a la referida medida cautelar personal. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N°Penal-2281-2023.

Fallo

se declara, que se hace lugar a la referida medida cautelar personal. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N°Penal-2281-2023.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a doce de septiembre de dos mil veintitrés, se da inicio a esta audiencia a las 09:34 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra e integrada por la Ministro Sra. Teresa Carolina Figueroa Chandía y el Abogado Integrante Sr. Eduardo Morales Espinosa y actuando como Ministro

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