Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

PÉREZ/SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DEL BIOBIO

Rol

J-16-2022

Fecha

27 de julio de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1º Que, con fecha 31 de enero de 2022, se interpone demanda ejecutiva por doña Estefanía Constanza Pérez Lagos, secretaria, representada por el abogado Carlos Mondaca Cantero, en contra del Fisco de Chile-Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Bío Bio Subsecretaria de Salud Pública, representado por el Consejo de Defensa del Estado, a su vez representado legamente por don Georgy Louis Schubert Studer, procurador fiscal. 2º Que, el título ejecutivo fundante corresponde a carta comunicación de término de contrato de trabajo, fechada el 30 de diciembre de 2021, en la cual se invoca como causal de despido, la establecida en el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, la de “Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio”. 3º Que, en el primer otrosí de la demanda, de conformidad a lo prevenido en el artículo 468, en relación con el artículo 169, ambos del Código del Trabajo, solicita se tramite incidentalmente el incremento a que se refiere la primera norma citada, fijándolo en un 150% de las indemnizaciones que demanda o en el porcentaje que el Tribunal estime procedente, toda vez que de acuerdo al título ejecutivo que acompaña y a lo expuesto en el exordio de su presentación, la relación laboral terminó por la causal del inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo, con fecha 31 de diciembre de 2021. 4º Que, con fecha 20 de mayo de 2022, se notifica de la demanda ejecutiva y mandamiento, al Fisco de Chile-Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Biobío - Subsecretaria de Salud Pública, representada legalmente por el Consejo de Defensa del Estado, siendo requerido de pago en rebeldía el procurador fiscal, el día 24 de mayo del año en curso. 5º Que, la representante de la ejecutada, no evacuó el traslado conferido con fecha 1 de abril de 2022. Código: JDVLXXHWBBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6º Que, el artículo 63 bis del Código del

Fallo

se resuelve: Código: JDVLXXHWBBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ha lugar al incremento solicitado, el que se fija prudencialmente, atendido el tiempo transcurrido desde la desvinculación y el requerimiento de pago, en un 70% respecto de la indemnización por falta de aviso previo y por años de servicio, con costas. RIT: J-16-2022 RUC: 22-3-0023828-2 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a veintisiete de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: JDVLXXHWBBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-27T11:05:40-0400

Texto Completo (Preview)

MMY. Concepción, veintisiete de julio de dos mil veintidós. Como se pide. Resolviendo incidente Téngase por evacuado el traslado conferido 01 de abril de 2022 en rebeldía de la parte ejecutada. VISTOS: 1º Que, con fecha 31 de enero de 2022, se interpone demanda ejecutiva por doña Estefanía Constanza Pérez Lagos, secretaria, representada por el abogado Carlos Mondaca Cantero, en contra del Fisco

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