SIN INFORMACION

AGUSTINA REINAO NECUÑIR Y OTROS /GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA, SIN COSTAS

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Hechos

Vistos: Comparecen los abogados Josefa Ainardi Delgado y Luis Arteaga Sepúlveda e interponen recurso de protección a favor de Agustina Reinao Necuñir, Valeria Barra Becerra, Tamara Fuentes Millanao, Mishky Fuenzalida Cañupán, Pamela Pezoa Matus, Javiera Plaza Aguayo, los menores L. Ll. P., de 4 años de edad, M. Ll. P., de 2 años de edad y A. B. P., de 9 años de edad, y Emma Del Carmen Riquelme Fuentes, en contra de Gendarmería de Chile, por los actos arbitrarios e ilegales perpetrados por funcionarios de dicha institución en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Bío Bio, en contra de dichas personas, los que han vulnerado sus derechos fundamentales a la integridad física y psíquica, de igualdad ante la ley y al respeto y protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia, solicitando desde ya se ordene poner término a los actos arbitrarios e ilegales cuestionados, disponiendo las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Las personas a favor de quienes se recurre son familiares de los presos mapuche Ricardo Delgado Reinao, Esteban Henríquez Riquelme, Ernesto Llaitul Pezoa, Roberto Villouta Alcamán, y Héctor Llaitul Carrillanca, todos recluidos en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Bío Bío, sometidos a la medida cautelar de prisión preventiva, en el caso de los tres primeros, decretada con fecha 1 de septiembre de 2022 en causa RIT 5458-2021 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, en el caso del cuarto el 8 de marzo de 2023 en la misma causa y, en el caso del último, decretada con fecha 25 de agosto de 2022 en causa RIT 1423-2020 del Juzgado de Garantía de Temuco. Añade que Agustina Reinao Necuñir es madre de Esteban Delgado Reinao, Tamara Fuentes Millanao es su pareja, Valeria Barra Becerra es pareja de Esteban Henríquez Riquelme y Emma Riquelme Fuentes es su madre, Mishky Fuenzalida Cañupán es pareja de Roberto Villouta Alcamán, Javiera Plaza Aguayo es conviviente de Ernesto Llaitul Pezoa, Pamela Pezoa Matus es madre de

Fundamentos

considerando el trato recibido en las visitas anteriores y ante el temor fundado de que los funcionarios a cargo alegaran desconocimiento de lo resuelto por el tribunal, decidimos acompañarla al ingreso de la visita del día 10 de junio de 2023, resultando que al momento de llegar a la entrada principal de los dos establecimientos penitenciarios que se encuentran en el recinto de Camino a Penco s/n (C.P. Concepción y C.C.P. Bío Bio), además de encontrarnos con el portón cerrado, el funcionario a cargo del ingreso principal, de apellido Neira, señaló que doña Javiera Plaza no podía ingresar toda vez que ella ya sabía que así era, ante lo cual los abogados que la acompañábamos le indicamos al funcionario que el día anterior, 9 de junio de 2023, el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, había dispuesto la suspensión de la sanción aplicada a Javiera Plaza, pareja de Ernesto Llaitul, preso mapuche, mientras no se resolviera en un próxima audiencia la impugnación de la misma, reuniéndose previamente todos los antecedentes necesarios para resolver. Al intentar exhibirle la resolución impresa al funcionario Neira, éste indicó que seguía órdenes, que no podía permitirle el ingreso a Javiera y que la única forma era que desde el interior del penal le informaran por radio que podía entrar, no dejando ingresar a Javiera y por lo tanto tampoco a los niños L. Ll . P. y M. Ll. P. Cabe hacer presente en este punto que a Javiera no se le permitió el ingreso no sólo al Centro de Cumplimiento Penitenciario Bio Bío, sino a todo el complejo donde también existe otro Centro de Cumplimiento denominado Concepción o “Manzano" y otros espacios destinados a edificios de Gendarmería, estacionamientos, zona de áreas verdes, bancas y juegos infantiles, por lo que no pudo, ni ella ni sus hijos, esperar en un lugar más apto, seguro y cómodo para ellos, como sería las áreas verdes, bancas y juegos, mientras los abogados concurrían al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario Bio Bío a solicitar el cumplimiento de la resolución de fecha 9 de junio de 2023 ya indicada, quedando obligada a permanecer durante varios minutos en la vía pública junto a sus hijos menores, hasta que llegó al lugar doña Pamela Pezoa, quien hizo notar la situación al funcionario, permitiéndole éste únicamente acceder y permanecer al lado de él en la zona de caseta de ingreso. Es en esos momentos que el funcionario Neira comienza a proferir comentarios altamente racistas y misóginos, aludiendo al mal carácter de Javiera por ser mujer mapuche y evidenciando un desconocimiento en interculturalidad y preparación mínima de los funcionarios de Gendarmería en cuanto a derechos humanos de los pueblos indígenas y en general del Derecho Internacional sobre los Derechos Humanos, diciéndole que todos estos problemas se provocan porque ella era una persona que no tenía capacidad de razonar, que no comprendía y que todos los problemas que han pasado van a seguir pasando hasta que Javiera no acepte que las cosas son

Fallo

se decide resolver la solicitud de algunos internos comuneros de ese establecimiento, referida a poder ingresar y recibir alimentación distinta a lo establecido y determinado en la Resolución N° 6640, atendiendo a su pertinencia cultural, con lo que se generó desde ese entonces una Providencia que permitió el ingreso de algunos alimentos adicionales, señalando en qué cantidad y de qué forma podían ingresarse aquellos. Los internos que presentaron la solicitud (mediante escrito) y que fueron autorizados, son: Ricardo Delgado Reinao, Esteban Henríquez Riquelme, Héctor Llaitul Catrillanca y Ernesto Llaitul Pezoa. El acto administrativo en comento es la Providencia N° 1427 de 26.09.2022. Este acto dispositivo ha sufrido modificaciones, básicamente en razón de lo complejo que resulta inspeccionar el contenido de la bebida “muday", la que originalmente se autorizó ingresar bajo la fórmula “sin fermento”, lo que es imposible de detectar si no es a través del gusto, lo que implica que el custodio a cargo de la revisión debe de probar el contenido de brebaje, lo que en las circunstancias de emergencia sanitaria en las que aún nos encontramos, y sin que dentro del personal del CCP del Biobío existan peritos “catadores” de bebidas alcohólicas, se hizo imposible de mantener esa disposición normativa. Esta modificación consta en la Providencia N° 1470 de 04.10.2022. La Providencia N° 1427 también versa sobre vestimentas para autoridades mapuche que hagan ingreso al penal. En el tiempo in

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C.A. de Concepción. Concepción, once de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Comparecen los abogados Josefa Ainardi Delgado y Luis Arteaga Sepúlveda e interponen recurso de protección a favor de Agustina Reinao Necuñir, Valeria Barra Becerra, Tamara Fuentes Millanao, Mishky Fuenzalida Cañupán, Pamela Pezoa Matus, Javiera Plaza Aguayo, los menores L. Ll. P., de 4 años de edad, M. Ll. P., de 2

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