JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

C/ REINALDO ANTONIO GONZALEZ VERA

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por resolución dictada por esta Corte de Apelaciones, el 15 de noviembre de 2018, en causa Rol 901-2018/Penal, se unificaron las penas impuestas a REINALDO ANTONIO GONZÁLEZ VERA, cédula nacional de identidad N° 17.142.229-9, en causa R.I.T. N° 7521-2012 del Juzgado de Garantía de Talca, sentencia definitiva de 22 de abril de 2015, y en causa R.I.T. N° 157-2014 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, sentencia definitiva de 17 de octubre de 2014, determinando que la sanción aplicable, es la pena única de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por los delitos de robo en lugar destinado a la habitación. SEGUNDO: Que el condenado cumplía su pena privativa de libertad en un Centro de Cumplimiento Penitenciario del territorio jurisdiccional de la Corte de Rancagua, la que el 02 de noviembre de 2022, en el rol 837-2022/Amparo, concedió a González Vera el beneficio de libertad condicional. No obstante, dicho beneficio fue revocado el 22 de febrero del 2023 por Resolución 19-2023, quedando un saldo pendiente de cumplir de 498 días de privación de libertad, según dicha resolución. Que, consecuencialmente, pesa sobre el condenado orden de detención para cumplir el saldo de la pena aplicada, emitida el 27 de febrero de 2023, por el Magistrado Humberto Paiva Passero, Juez del Juzgado de Garantía de Talca, en causa R.I.T. N° 7521-2012. TERCERO: Que el Ministerio Público solicitó audiencia de extradición respecto de REINALDO ANTONIO GONZÁLEZ VERA ante el Juzgado antes referido, de conformidad al artículo 432 del Código Procesal Penal. Lo anterior, pues según Ordinario 148 de la Oficina Central Nacional de Interpol dirigida a la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones de la Fiscalía Nacional de 10 de agosto de 2023, se informó que el ciudadano chileno, REINALDO ANTONIO GONZÁLEZ VERA, cédula nacional de identidad n°17.142.229-9, correspondiente al condenado, se encuentra detenido en la ciudad de Buenos Aires por la comisión de un delito local. Además, por Reservado 3605 del Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, se informó que se dispuso la prisión preventiva de González Vera hasta el 18 de octubre de 2023. CUARTO: Que en dicho contexto, se celebró audiencia el 5 de septiembre de 2023, exponiéndose los antecedentes antes referidos, decidiendo la Magistrada Marta Asiaín Madariaga, que se reúnen los requisitos del artículo 431 del Código Procesal Penal, que regula la procedencia de la extradición activa, para el caso de hacer cumplir en nuestro país una sentencia condenatoria a una pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo superior a un año, accediendo, en consecuencia, a la solicitud del Ministerio Público, ordenando se eleven los antecedentes ante esta Corte. QUINTO: Que, con esta fecha, se llevó a cabo ante esta Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Talca, la audiencia que estatuye el artículo 433 del Código Procesal Penal, a la que asis

Fallo

Por estas razones, normas citadas, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 431 a 436 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que SE HACE LUGAR a la solicitud de extradición planteada por el Ministerio Público respecto de REINALDO ANTONIO GONZÁLEZ VERA, cédula nacional de identidad N° 17.142.229-9, a fin de que cumpla el saldo de pena de 498 días, por la pena original impuesta por esta Corte de Apelaciones, el 15 de noviembre de 2018, en causa Rol 901-2018/Penal, en la que se unificaron las penas impuestas al condenado, imponiendo una pena única de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por los delitos de robo en lugar destinado a la habitación. II.- Reitérese orden de detención en contra de REINALDO ANTONIO GONZÁLEZ VERA, cédula nacional de identidad N° 17.142.229-9, para el cumplimiento de lo resuelto. III.- Ofíciese al señor Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de que se sirva ordenar la práctica de las gestiones diplomáticas necesarias, encaminadas a dichos objetivos. Con arreglo a lo previsto en el artículo 436 del Código Procesal Penal, adjúntese a la correspondiente comunicación, los siguientes anexos: 1.- Copia íntegra de estos autos, ingreso de Corte Rol N°1313-2023/Penal, como de la causa R.I.T. 7521-2012 del Juzgado de Garantía de Talca. 2.- Copia íntegra de la sentencia dictada por esta Corte de Apelaciones, el 15 de noviembre de 2018, en causa Rol 901-2018/Penal. 3.- Una copia del acta de audiencia verificada en esta

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C.A. de Talca Talca, once de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por resolución dictada por esta Corte de Apelaciones, el 15 de noviembre de 2018, en causa Rol 901-2018/Penal, se unificaron las penas impuestas a REINALDO ANTONIO GONZÁLEZ VERA, cédula nacional de identidad N° 17.142.229-9, en causa R.I.T. N° 7521-2012 del Juzgado de Garantía de Talca, sentencia def

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