1º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ MAURICIO CUETO SILVA

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2023

Materia

VIOLACION DE SECRETOS.ART.246.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: En estos antecedentes RIT O 2798-2022 del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, seguidos por los delitos de violación de secretos, cohecho, fraude al Fisco, soborno, asociaciones ilícitas, contrabando y lavado de dinero, por resolución de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por la juez señora Marlys Welsch Chahuán se dejó sin efecto las medidas cautelares reales impuestas al encartado Mauricio Cueto Silva y mantuvo las cautelares reales aplicadas al imputado Martín Raúl Oliva Trujillo. En contra de esta resolución dedujeron sendos recursos de apelación el Consejo de Defensa del Estado y la defensa privada de Martín Raúl Oliva Trujillo.

Fundamentos

Considerando: I.- En cuanto al recurso de apelación del Fisco de Chile. Primero: Que, la abogado procurador fiscal, señora Ruth Israel López, recurre de apelación en contra de la resolución de 26 de julio de 2023, que alzó las medidas cautelares reales respecto de bienes del querellado Mauricio Cueto Oliva. Pide que se revoque dicha resolución, disponiendo en su lugar que se mantienen las medidas cautelares reales decretadas, a saber: 1.- prohibición de celebrar actos y contratos respecto del bien raíz ubicado en Avenida El Rodeo N° 1135; 2.- Incautación del vehículo marca Ssangyong, modelo New Rexton 2.0., patente SHRJ-61, color blanco, año. 2023; y 3.- Congelamiento de las cuentas bancarias del imputado en los bancos Ripley, Chile y Santander. Segundo: Que, la apelante funda su recurso en que los hechos se remontan al año 2018, en los que una organización criminal estructurada bajo la figura de tres bandas o clanes, con características propias de asociaciones ilícitas, esto es, organizaciones estructuradas y jerárquicas, cada una con un líder, donde cada integrante desempeña roles o funciones específicas destinadas a la realización del programa criminal, consistente en la internación irregular a Chile de diversas mercancías provenientes del extranjero, principalmente de Estados Unidos, actividad gracias a la cual la asociación ha recaudado importantes ganancias. Para llevar a cabo su cometido, la asociación contaba con la participación de funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas. Encontrándose a la fecha siete de ellos formalizados, incluyendo al imputado Cueto Silva, quienes ponen a disposición de la organización sus facultades como fiscalizadores, principalmente mediante la simulación de revisiones de las mercancías cuya internación se intentaba. Lo anterior permitía a los imputados vulnerar los controles aduaneros respectivos y, además, defraudar a la hacienda fiscal, por un monto cuya determinación final será materia de investigación, dejando de pagar los impuestos respectivos por cada importación irregular. No obstante, lo anterior, a la fecha se han detectado a lo menos 14 delitos de contrabando por un monto total de $1.020.643.790 en valor aduanero, lo que supone un perjuicio fiscal de $254.301.619 en impuestos que se han dejado de pagar. Lo anterior le ha permitido a la asociación obtener millonarias ganancias. Alcanzando un patrimonio aproximado de $1. 900.000.000 de pesos. Tercero: Que, en cuanto al derecho, refiere que en virtud de lo establecido en el artículo 157 del Código Procesal Penal, las medidas cautelares reales pueden solicitarse durante la etapa de investigación sin hacer distinción si ésta se encuentra o no formalizada, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 60 del mismo texto respecto a la oportunidad para interponer la misma. Añade que nos encontramos en fase investigativa donde el querellado Cueto Silva se encuentra formalizado, titular de bienes adquiridos con el producto del ilícito de los delitos de con

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales y, teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 157, 158, 352 y 370 del Código Procesal Penal y 273, 279 y 290 del Código de Procedimiento Civil, se declara que, SE REVOCA la resolución de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Garantía de Santiago, que alzó las medidas cautelares reales respecto de bienes del imputado Mauricio Cueto Silva, y, en su lugar se declara que, se mantienen las medidas cautelares reales impuestas al encartado Mauricio Cueto Silva, consistentes en: 1.- prohibición de celebrar actos y contratos respecto del bien raíz ubicado en Avenida El Rodeo N° 1135; 2.- Incautación del vehículo marca Ssangyong, modelo New Rexton 2.0., patente SHRJ-61, color blanco, año. 2023; y 3.- Congelamiento de las cuentas bancarias del imputado en los bancos Ripley, Chile y Santander. SE CONFIRMA en lo demás, lo apelado. Redactó la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N°4012-2023. (Acumulado Rol N°4124-2023). Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: En estos antecedentes RIT O 2798-2022 del Primer Juzgado de Garantía de Santiago, seguidos por los delitos de violación de secretos, cohecho, fraude al Fisco, soborno, asociaciones ilícitas, contrabando y lavado de dinero, por resolución de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por la jue

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