SIN INFORMACION

HURTADO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que, en folio 1 comparece José María Hurtado Fernández, abogado, quien recurre de protección en favor de Nancy Acosta Raimundo, cubana, con domicilio para estos efectos en la ciudad y región de Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la Resolución Exenta N°21515721 de 23 de diciembre de 2021, que tuvo a la recurrente por desistida de su solicitud de residencia definitiva, lo que conculca sus garantías consagradas en los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Relata que la actora solicitó su permanencia definitiva el 20 de septiembre de 2020, hoy llamada Residencia Definitiva, N° de solicitud 4540904. Refiere que dos años después, el 7 de junio de 2022 la recurrente interpuso recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, bajo el Rol N° 41572-2022, juicio en el cual la recurrida informó que notificó a la recurrente, el 16 de noviembre de 2021, que su solicitud se encontraba incompleta o insuficiente, puesto que no habría pagado una multa por encontrarse vencido su permiso de residencia o haber trabajado sin autorización, además de no haber adjuntado certificado de antecedentes penales de país de origen debidamente legalizado o apostillado, cédula de identidad y certificado histórico de cotizaciones previsionales y de salud, otorgándole un plazo de 5 días para subsanar, bajo apercibimiento de, en caso de no hacerlo, tener a la actora por desistida de su solicitud de permanencia definitiva. Acusa que la recurrida cometió dos ilegalidades: primero, la notificación, tanto del documento de 16 de noviembre de 2021, como de la resolución que tuvo por desistida a la recurrente: puesto que se hicieron por correo electrónico, no por carta certificada, que era la norma vigente cuando se comunicó tal documento, puesto que el correo electrónico, incorporado a la Ley N°19.880 en su artículo 46 se refiere a un plazo gradual de entrada en vigencia

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que de los antecedentes expuestos por la misma recurrente, aparece que el 3 de abril de 2023 la Excma. Corte Suprema se pronunció sobre los mismos hechos objeto del presente recurso, estableciendo en el considerando cuarto del fallo, que es válida la notificación efectuada por el Servicio de Migraciones a la actora, de la Resolución de 23 de diciembre de 2021, la que realizó por correo electrónico, cuestión que se presenta como debatido en el presente caso, pero que ya fue resuelto por el máximo tribunal, concurriendo los elementos de la cosa juzgada, por lo que el presente recurso no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Nancy Acosta Raimundo, contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-21446-2023.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, en folio 1 comparece José María Hurtado Fernández, abogado, quien recurre de protección en favor de Nancy Acosta Raimundo, cubana, con domicilio para estos efectos en la ciudad y región de Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la Resolución Exenta N°21515721 de 23 de diciembre de 2021, qu

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