ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de septiembre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que de acuerdo con el artículo 9° de la Ley N° 19.968, en los procedimientos en materia de familia primará, entre otros, el principio de actuación de oficio y visto además lo previsto en el artículo 67 del citado texto legal, se revoca, en lo apelado, la resolución de diecisiete de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar y en su lugar se ordena al tribunal a quo que remita por vía interconexión al Juzgado de Familia de San Antonio todos los antecedentes de los autos iniciados en primera instancia bajo el Rit C-1803-2023, para que este...
Texto Completo (Preview)
dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que de acuerdo con el artículo 9° de la Ley N° 19.968, en los procedimientos en materia de familia primará, entre otros, el principio de actuación de oficio y visto además lo previsto en el artículo 67 del citado texto legal, se revoca, en lo apelado, la re
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