SIN INFORMACION

LAZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, con fecha 5 de mayo de 2023 la abogada Pía Balbontín Díaz recurrió de protección en favor de Eindira Laza Álvarez, cubana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ha omitido pronunciarse sobre la regularización migratoria que solicitó el 17 de octubre de 2021, habiéndole dicho organismo solicitado el 23 de marzo de 2023 que acompañara certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado dentro de 10 días, gestión aquella que se dio trámite en la ciudad de La Habana con fecha 20 de abril de 2023. Añadió que por el motivo expuesto, el día 3 de mayo de este año solicitó prorrogar por 60 a 90 días el plazo para le entrega del documento referido. Sostuvo que la conducta reclamada vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Por lo anterior, solicitó acoger este arbitrio, ordenando a la recurrida que le informe el estado de tramitación del proceso de regularización migratoria, se le conceda este beneficio, autorizándosele a incorporar la reseñada documentación con ampliación de plazo. A folio 10, con fecha 14 de julio de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones solicitó el rechazo del recurso por haber perdido oportunidad, pues consta pronunciamiento de la autoridad recurrida. Al respecto, explicó que la recurrente no cumplió dentro del plazo otorgado, con su obligación de acompañar el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado, fundamento que derivó en el rechazo de su regularización migratoria. A folio 11, con fecha 14 de julio de 2023 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por esta vía constitucional, la parte recurrente reclamó la ilegalidad y arbitrariedad del plazo que le fuera otorgado para adjuntar el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado, considerando que tal documentación lo requirió el 3 de mayo de 2023, conforme consta en los documentos que adjuntó a su recurso. Segundo: Que, por su parte, la autoridad recurrida solicitó el rechazo de esta acción por pérdida de oportunidad, por cuanto mediante Resolución Exenta N° 23245257 de 27 de junio de 2023 rechazó la regularización migratoria requerida por la actora, fundado en que esta última no cumplió con acompañar el ya mencionado certificado de antecedentes, dentro del plazo de 10 días concedido por notificación de 23 de marzo de este año. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes, consta que la interesada ha dado cumplimiento a lo que la recurrida le solicitó en marzo de este año, toda vez que en el mes de abril de 2023 solicitó al Consulado de Chile en La Habana, Cuba, su certificado de antecedentes penales legalizado o apostillado, por lo que el exiguo plazo que le fuera otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones deviene en uno de carácter arbitrario, lo que conduce a acoger este arbitrio en los términos que a continuación se dirán.

Fallo

Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Eindira Laza Álvarez, solo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23245257 de 27 de junio de 2023 y se ordena al Servicio Nacional de Migraciones que reabra el procedimiento de regularización migratoria, otorgándole a la parte recurrente el plazo de 90 días hábiles para que haga entrega de su certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado, y con su mérito, resolver la petición migratoria como en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-13461-2023. No sujeta a anonimización.

Texto Completo (Preview)

dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, con fecha 5 de mayo de 2023 la abogada Pía Balbontín Díaz recurrió de protección en favor de Eindira Laza Álvarez, cubana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ha omitido pronunciarse sobre la regularización migratoria que solicitó el 17 de octubre de 2021, habiéndole dicho organismo solic

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