JOAQUIN EDUARDO MEDINA ACUÑA/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
9 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente, que los hechos narrados en el recurso acaecen dentro de la competencia territorial de la Corte de Apelaciones de Santiago, toda vez que el amparado se encuentra interno en el Centro Penitenciario Colina I, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55, letra g) del Código Orgánico de Tribunales, corresponde que el presente asunto sea remitido a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Por estas consideraciones y con lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República, y 63 N°2 letra b) del Código Orgánico de Tribunales, esta Corte se declara incompetente para conocer de los presentes autos. Remítase por la vía más rápida los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Rol N° 674-2023 Amparo.
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República, y 63 N°2 letra b) del Código Orgánico de Tribunales, esta Corte se declara incompetente para conocer de los presentes autos. Remítase por la vía más rápida los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Rol N° 674-2023 Amparo.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a nueve de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente, que los hechos narrados en el recurso acaecen dentro de la competencia territorial de la Corte de Apelaciones de Santiago, toda vez que el amparado se encuentra interno en el Centro Penitenciario Colina I, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55, letra g) del Código Orgánico de Tribunales, corresponde
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