MAXAGRO S.A CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO SAN VICENTE TAGUA TAGUA
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2023
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos sobre reclamación de resolución administrativa, seguidos ante el Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, bajo el RIT I-19-2022, caratulados “Maxagro S.A con Inspección Provincial del Trabajo San Vicente Tagua Tagua”, la parte reclamada dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha treinta de mayo del año en curso, que acoge parcialmente el reclamo, en cuanto resuelve: II. Que se dejan sin efecto las multas N° 1256/2022/64-3, N°1256/2022/64-4 y N°1256/2022/64-9 por haber sido subsumida en la número 1256/2022/64-6; III.-. Que mantienen y se rebajan las multas N° 1256/2022/64-1, N° 1256/2022/64-2, N° 1256/2022/64-5, N° 1256/2022/64-6, N° 1256/2022/64-7, N° 1256/2022/64-8 a 12 UTM cada una. Declarado admisible, se procedió a la vista del recurso en audiencia realizada con esta fecha, dictándose sentencia de inmediato. SEGUNDO: Que, el recurso de nulidad se basa en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, reclamando infracción de ley con influencia en lo dispositivo del fallo, citándose como normas legales infringidas los artículos 503, 31 y 35 del Código del Trabajo, como también los artículos 11 y 37 del D.S. 594 de 1999, postulando -en síntesis-, por una parte, que al tratarse de un reclamo deducido conforme al citado artículo 503, no procede que el juez del trabajo rebaje la multa por haberse corregido la infracción, por cuanto ello sólo es posible cuando se deduce una reconsideración ante el Director del Trabajo y, por otra parte, porque de acuerdo a las normas citadas, no corresponde subsumir las multas 3, 4 y 6 en la número 9, por cuanto se trata de infracciones independientes. TERCERO: Que, al respecto, cabe recordar que la causal de derecho invocada busca corregir el recto sentido, alcance y aplicación de las disposiciones legales pertinentes, que tengan el carácter de decisorio litis, lo que exige que el recurrente cite como infringidas todas l
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 477, 480, 481 y 482 del Código del Trabajo, se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad deducido por la parte reclamada en contra de la sentencia definitiva de fecha treinta de mayo del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, en la causa RIT I-19-2022, la que, en consecuencia, no es nula. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 227-2023 Laboral.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, ocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos sobre reclamación de resolución administrativa, seguidos ante el Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua, bajo el RIT I-19-2022, caratulados “Maxagro S.A con Inspección Provincial del Trabajo San Vicente Tagua Tagua”, la parte reclamada dedujo recurso de nulidad en contra de la sen
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