GONZÁLEZ/MINISTERIO DE ENERGIA
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Moisés Andrés González Cid, ingeniero en administración pública, quien deduce acción de protección en contra del Ministerio de Energía, representado por su ministro don Diego Pardow Lorenzo, por las acciones y omisiones arbitrarias e ilegales cometidas en su contra, que en definitiva han implicado que se le haya aplicado la medida disciplinaria de destitución, encontrándose prescrita la eventual responsabilidad administrativa que se le imputa, la cual se adoptó en el marco de un sumario administrativo tramitado en forma arbitraria e ilegal. Expone que con fecha 07 de marzo de 2023 fue notificado a través de su defensa letrada de la Resolución N° 5/2021, de fecha 22 de diciembre de 2021, que, rechazando el recurso de reposición y de apelación subsidiario interpuesto, le aplicó la medida disciplinaria de destitución, resolución de la cual Contraloría General de la República tomó razón, con alcance, el 27 de febrero de 2023. En cuanto a los hechos, señala que con fecha 24 de septiembre de 2018 se le notificó la formulación de cargos respecto de hechos que supuestamente ocurrieron entre el 19 de agosto de 2015 -fecha de su ingreso a la Subsecretaría de Energía- y el 29 de marzo de 2018 -data de la suspensión preventiva de su empleo-. Indica que el 31 de diciembre de 2018 se dictó la Resolución Ministerial Exenta N°43 que aprueba el sumario administrativo que aplica la medida disciplinaria de destitución a su respecto, en contra de la cual con fecha 07 de mayo de 2019 se interpuso recurso de reposición, y en subsidio, de apelación. Indica que luego de más de 2 años y siete meses, el 22 de diciembre de 2021, se dictó la Resolución Afecta Ministerial N° 5/2021 que rechazó el recurso de reposición. En razón de lo anterior, explica que el proceso administrativo se paralizó por más de 2 años, operando así lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 159 del DFL 29/2005 del Ministerio de Hacienda, corriendo el plazo de pr
Fallo
Por lo expuesto, solicita a esta Corte restablecer el imperio del derecho, declarando que se deja sin efecto la sanción de destitución que le fuera aplicada por Resolución Exenta Ministerial N° 43, de 31 de diciembre de 2018, ordenando a la Institución recurrida realizar las diligencias necesarias tendientes a declarar la prescripción administrativa y/o resolver lo que estime en derecho. Segundo: Que, evacuando informe por el recurrido Ministerio de Energía, comparece don Luis Ramos Barrera, Subsecretario de Energía, quien, conforme al tenor de la presentación del recurrente, sostiene que el recurso de protección mal podría basarse en la supuesta infracción de la garantía prevista en el inciso 5° del artículo 19 N° 3 del texto constitucional, ya que el uso de la atribución de que está investida la Administración del Estado para sancionar las faltas a la disciplina interna en que incurren sus funcionarios no corresponde, en rigor, al ejercicio de la jurisdicción por parte de un órgano dotado de esa potestad para hacer efectivas responsabilidades de otros tipos. Indica que a través de la Resolución Exenta N° 39, de 29 de marzo de 2017, de la Subsecretaría de Energía, se dispuso la instrucción de un sumario administrativo para “establecer la existencia de eventuales responsabilidades administrativas de funcionarias y/o funcionarios determinados/as con desempeño en ella por irregularidades en el sistema de asistencia de un funcionario con desempeño en el Departamento de Gestión
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C.A. de Santiago Santiago, ocho de septiembre de dos mil veintitrés. A los folios 33 y 34: a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Moisés Andrés González Cid, ingeniero en administración pública, quien deduce acción de protección en contra del Ministerio de Energía, representado por su ministro don Diego Pardow Lorenzo, por las acciones y omisiones arbitra
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