FUNDACION VALIDAME/COMISIÓN MÉDICA REGIÓN COQUIMBO Y OTRO
Rol
Fecha
8 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Juan Carlos Pizarro Cortés, cédula nacional de identidad número 10.076.282-k, presidente de la FUNDACIÓN VALÍDAME, rol único tributario 65.065.759-4; organización sin fines de lucro, quien lo hace en beneficio de don MANUEL FERNANDO MONTERO GAETE, cédula de identidad número 9.269.578-6, todos con domicilio para estos efectos en Colón 352 Oficina 426, La Serena, interponiendo recurso de protección de garantías constitucionales en contra de la COMISIÓN MÉDICA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, representada por su presidente don AXEL MAX SCHMIDT CHEPILLO, cédula nacional de identidad Nº3.888.893-5, de profesión médico, ambos domiciliados en, Av. El Santo Nº1240, piso 1, La Serena; y en contra de doña ANA VICTORIA AROS VALDIVIA, Jefa Administrativa FACM Comisión Médica Región De Coquimbo, cédula Nacional de identidad N°7.531.942-8, domiciliada en AV. EL SANTO #1240, piso 1, La Serena, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no responder hasta la fecha a una solicitud de visita domiciliaria hospitalaria de fecha 20 de junio de 2023 realizada por medio electrónico, para persona en riesgo vital, en el proceso de evaluación y calificación de invalidez que llevan las recurridas. Expone que mediante correo electrónico de 20 de junio de 2023, Fundación Valídame, mandataria de don MANUEL MONTERO GAETE, solicitó a la Comisión Médica Regional de Coquimbo la realización de una visita domiciliaria hospitalaria en el Hospital San Pablo de Coquimbo, cambiando con ello el estatus y la condición jurídica de la Solicitud de Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez, al de caso prioritario definido por la Superintendencia de Pensiones, al ser el trabajador persona en riesgo vital por un síncope ocurrido en plena la vía pública el día 16 de junio de 2023. Indica que todo ello es posterior al rechazo de la Solicitud de Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez por la Comisión Médica Regional de Coquimbo. Sostiene que hasta la fecha no se entrega respuesta al requerimiento, negándose de esta manera a realizar la pericia correspondiente, a pesar de que los expedientes y su registro de tareas realizadas para el caso se encuentra en un soporte digital de acceso directo de las recurridas, de manera que la negativa se vuelve una decisión absolutamente antojadiza, irracional, arbitraria, contraria al derecho de petición ejercido por el titular. Refiere que a pesar de denunciar expresamente lo ocurrido ante la autoridad sectorial, a esta fecha la diligencia solicitada no se realizó. Sostiene que, en el caso del Presidente de la Comisión Médica Regional de Coquimbo, don Axel Max Schmidt Chepillo, la negativa de realizar la visita domiciliaria hospitalaria para caso prioritario en riesgo vital configura un abandono de su función, pues el Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, Libro III, Título I, Letra D Pensión de Invalidez Capítulo XIII. Normas y Procedimientos Administrativos par
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que rige la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por la Fundación Valídame en favor de Manuel Fernando Montero Gaete. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 1726-2023 (Protección).
Texto Completo (Preview)
Fundación Valídame Comisión Médica Región de Coquimbo y otro Recurso de Protección Rol N° 1726-2023.- La Serena, ocho de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Juan Carlos Pizarro Cortés, cédula nacional de identidad número 10.076.282-k, presidente de la FUNDACIÓN VALÍDAME, rol único tributario 65.065.759-4; organización sin fines de lucro, quien lo hace en
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