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Fecha

8 de septiembre de 2023

Materia

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Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Primero: Que recurre de hecho, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, el curador Ad Litem de la adolescente Tamara en causa de cumplimiento de medida de protección RIT X-191-2016, seguida ante el Juzgado de Familia de Castro, en contra de la decisión de fecha 03 de abril de 2023, por la que no se concedió un recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de resolución de 29 de marzo de 2023, en aquella parte que ordena al Curador Ad Litem acompañar a la adolescente en su ingreso a residencia, por estimar que la apelación es improcedente. Explica que la resolución de 29 de marzo, dispuso que el...

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Puerto Montt, ocho de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que recurre de hecho, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, el curador Ad Litem de la adolescente Tamara en causa de cumplimiento de medida de protección RIT X-191-2016, seguida ante el Juzgado de Familia de Castro, en contra de la decisión de fecha 03 de abril de 2023, por la que

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