SIN INFORMACION

NELLY ESTER DE LEÓN MARRERO / SERVICIO NACIONAL DE MIIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que comparece Nelly Ester León Marrero, enfermera, de nacionalidad dominicana, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°83.326, de 7 de marzo de 2018, que le prohíbe ingresar al territorio nacional. Expresa que la prohibición es desproporcionada, porque tiene arraigo en el territorio nacional, ya que ingresó a Chile en el año dos mil trece, se dedicó al cuidado de adultos mayores e inició una relación de pareja con un ciudadano chileno de nombre Benigno Eliseo Sarmiento Mori, con quien contrajo matrimonio el día doce de octubre de dos mil dieciocho. Señala que egresó de Chile el nueve de diciembre de dos mil diecisiete, porque su madre estaba enferma, y que la autoridad le impuso, con fecha diecisiete de abril de dos mil dieciocho, la medida contra la que reclama, la que al impedirle ingresar al país, vulnera su libertad personal y la familia como núcleo fundamental de la sociedad. Que el Servicio Nacional de Migraciones informó que la prohibición fue adoptada por autoridad competente, dentro del procedimiento contemplado en la ley y el reglamento de la época y con mérito para ello, puesto que la amparada no ha negado que ingresó ilegalmente al país, clandestinamente y por vía no destinada al efecto. Que se trajeron estos autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la actora ha reconocido que ingresó clandestinamente al territorio nacional y tampoco cuestionó la legalidad de la medida aplicada en su contra, de manera que el asunto sometido a conocimiento de esta Corte consiste en determinar si aquella resulta desproporcionada, por tener la recurrente arraigo en el territorio nacional. Segundo: Que, si bien la interesada contrajo matrimonio con un ciudadano chileno, lo hizo en República Dominicana y pocos meses después de habérsele impuesto la prohibición de ingresar al territorio nacional. Tampoco acompañó antecedentes que den cuenta del periodo qué efectivamente vivió en el país, si efectuó trabajos o labores remuneradas y qué relaciones personales mantuvo, de manera que el arraigo que invocó no resultó acreditado. Tercero: Que, además, la recurrente argumentó haber residido en el país desde el año dos mil trece, pero el documento acompañado por la autoridad recurrida, consistente en la denuncia practicada en su oportunidad por la Policía de Investigaciones de Chile, por el ingreso ilegal al país, da cuenta que aquella se practicó en el mes de enero de dos mil diecisiete, solamente un año antes de que la amparada dejara el país y se le impusiera la prohibición de ingresar. Por otro lado, en la declaración que se obtuvo en su oportunidad, no menciona ninguna de las circunstancias que señala en su recurso, ni siquiera el hecho de mantener una relación de pareja con una persona chilena.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo presentado por Nelly Ester León Marrero en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1592-2023. En Valparaíso, ocho de septiembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de septiembre de dos mil veintitrés. Visto: Que comparece Nelly Ester León Marrero, enfermera, de nacionalidad dominicana, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°83.326, de 7 de marzo de 2018, que le prohíbe ingresar al territorio nacional. Expresa que la prohib

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