11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER-CHILE CHILE/CORTÉS (LTE)

Rol

Fecha

7 de septiembre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo presente, Que se reproduce la resolución en alzada, con excepción de su razonamiento 7°. Y teniendo además presente: 1° Que consta de los antecedentes del proceso, que habiendo sido dictada la sentencia definitiva el 02 de noviembre de 2022, esta sólo fue notificada a la parte ejecutada recién el 05 de junio de 2023 y al ejecutante el 19 del mismo mes y año. 2° Que así las cosas, al momento de deducir el incidente de abandono del procedimiento, no se encontraba ejecutoriada dicha sentencia, y en consecuencia nos encontramos en la hipótesis del plazo de seis meses contados desde la última resolución recaída en una gestión útil destinada a dar curso progresivo al cuaderno ejecutivo hasta que la sentencia se encuentre ejecutoriada. 3° Que en el contexto antes señalado, la última resolución útil es precisamente la sentencia definitiva de 02 de noviembre de 2022 por lo que hasta la renovación del procedimiento el 23 de mayo de 2023 con la solicitud de abandono por el ejecutado, transcurrió el plazo señalado. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de quince de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol N°C-2181-2022, rechazó el incidente de abandono deducido con fecha 23 de mayo de dos mil veintitrés; y en su lugar se decide, que éste queda acogido. Comuníquese N°Civil-10631-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de quince de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol N°C-2181-2022, rechazó el incidente de abandono deducido con fecha 23 de mayo de dos mil veintitrés; y en su lugar se decide, que éste queda acogido. Comuníquese N°Civil-10631-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de septiembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente, Que se reproduce la resolución en alzada, con excepción de su razonamiento 7°. Y teniendo además presente: 1° Que consta de los antecedentes del proceso, que habiendo sido dictada la sentencia definitiva el 02 de noviembre de 2022, esta sólo fue notificada a la parte ejecutada recién el 05 de junio d

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