SIN INFORMACION

REBOLLEDO VERGARA HECTOR ANTONINO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

7 de septiembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Jorge Francisco Castro Díaz, en representación de Héctor Antonio Rebolledo Vergara, interponiendo recurso constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Explica que el 14 de agosto recién pasado, el señor Rebolledo ingresó al Centro Abierto Manuel Rodríguez para cumplir con su salida diaria. Al hacer una fila para la revisión de pertenencias, se le encontró en el bolsillo de su pantalón un medicamento analgésico triturado (tramadol), que llevaba consigo para aliviar un dolor de muela. Pese a las explicaciones dadas, Rebolledo fue sacado de la fila y mantenido en el centro toda la noche para luego, el 16 de agosto, ser trasladado a la cárcel Santiago Sur, en circunstancias que le correspondía ser enviado a Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I. Alega que el procedimiento seguido por Gendarmería de Chile vulnera lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Decreto 518, de 1998, de Justicia, que establecen que, en los centros de régimen abierto, el orden y disciplina deben adecuarse a una convivencia normal, sin recurrir a revisiones, allanamientos ni requisas, salvo casos calificados por el Director Regional. Así, considera que aquello constituye un acto ilegal y arbitrario que vulnera los derechos constitucionales del recurrente a no ser privado de su libertad sin proceso previo, y a que los procedimientos de la administración sean racionales y justos. Por estas razones solicita que se acoja el amparo, se declare nulo el procedimiento seguido en contra del señor Rebolledo y se restablezca su régimen de salida diaria y sabatina del Centro Abierto Manuel Rodríguez. SEGUNDO: Que, por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, evacuó informe el abogado Néstor Ricardo Rojas Pardo, quien solicitó el rechazo del recurso de amparado deducido, ya que, en el caso de marras, dicha institución ha actuado en pleno ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, con estricto a

Fallo

Por estas razones solicita que se acoja el amparo, se declare nulo el procedimiento seguido en contra del señor Rebolledo y se restablezca su régimen de salida diaria y sabatina del Centro Abierto Manuel Rodríguez. SEGUNDO: Que, por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, evacuó informe el abogado Néstor Ricardo Rojas Pardo, quien solicitó el rechazo del recurso de amparado deducido, ya que, en el caso de marras, dicha institución ha actuado en pleno ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, con estricto apego a las normas consagradas en la Constitución Política de la República y en pleno respeto del Estado de Derecho. Expone que, si bien el amparado gozaba del beneficio intrapenitenciario de salida diaria, lo cierto es que éste le fue revocado por recomendación del Consejo Técnico, ya que el día 14 de agosto de 2023 al regresar de su salida diaria y en un registro de rutina se le encontró cocaína entre sus vestimentas, oponiendo además resistencia a su incautación. Debido a esto, el organismo técnico recomendó la revocación de sus beneficios según consta en Acta N°21 de 16 de agosto de 2023. En cuanto al traslado a la Unidad Penal de Colina I señala que, según informe de la Unidad de Control Penitenciario, no es posible acceder a dicha petición dadas las circunstancias del caso, ofreciendo como alternativa el traslado al CDP Puente Alto. Estima que Gendarmería de Chile ha actuado dando cabal cumplimiento al Decreto 518 referido, garantizand

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C.A. de Santiago Santiago, siete de septiembre de dos mil veintitrés. Al folio 7: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Jorge Francisco Castro Díaz, en representación de Héctor Antonio Rebolledo Vergara, interponiendo recurso constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Explica que el 14 de agosto recién pasado, el señor Rebolledo

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