MINISTERIO PUBLICO C/ CARLOS MAURICIO CIGARROA ARRIAGADA
Rol
Fecha
7 de septiembre de 2023
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que la defensa del imputado Carlos Mauricio Cigarroa Arriagada, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue, el 31 de agosto de 2023, que dio lugar a decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva en contra de su representado. El inculpado se encuentra formalizado como autor de los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego convencional; tenencia ilegal arma fuego prohibida y tenencia ilegal de municiones; La defensa del encartado cuestionó explícitamente el presupuesto contemplado en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por las razones que detalló en su recurso; 2°) Que, esta Corte comparte los
Fundamentos
fundamentos y decisión de la resolución apelada, estimando concurrente, por ahora, los presupuestos contemplados, en cuanto a la necesidad de cautela, teniendo presente que la defensa no cuestionó derechamente en esta audiencia el sustrato material de los delitos por los cuales fue formalizado su representado. En cuanto a esta cuestionada letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se tiene especialmente en consideración, que el imputado Cigarroa Arriagada, ha sido formalizado por tres delitos infractores de la Ley N° 17.798, por lo que ha de tenerse especialmente en consideración, el carácter de los mismos, la gravedad de las penas asignadas a cada uno de los ilícitos penales, lo que hace poco probable que, en el evento de ser condenado, pudiera aplicársele alguna pena sustitutiva; el bien jurídico protegido, el que actualmente se encuentra acusado por delito de la misma naturaleza; la circunstancia de registrar condenas anteriores por el ilícito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y, por último, registrar proceso pendiente, en el que está formalizado por tres delitos de receptación de camionetas robadas “gemeliadas”.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue, en audiencia de treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva en contra del imputado Carlos Mauricio Cigarroa Arriagada. Comuníquese y devuélvase. Rol 1.199-2023. Penal.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, siete de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que la defensa del imputado Carlos Mauricio Cigarroa Arriagada, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue, el 31 de agosto de 2023, que dio lugar a decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva en c
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