CORROTEA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
7 de septiembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día 01 de agosto de 2023, comparece don Luis Gálvez Peña y Lillo, abogado, en favor de doña SANDRA PAOLA CORROTEA VERA, cédula de identidad N°12.446.450-1, interponiendo recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO). Expone que la recurrente tiene 50 años, que a la época que se desencadenan los hechos materia del presente recurso de protección se desempeñaba como cortadora de verduras. Que, durante el año 2020, la Sra. Sandra Corrotea comenzó a sentir un intenso dolor originado en la región cervical, que se irradiaba a su brazo derecho que le impedía realizar sus labores habituales, incluso las más básicas, como utilizar para poner sus ropas. Que, atendido este dolor acudió al médico, quien luego de una Resonancia Magnética le diagnosticó “Cervico Bronquialgia Derecha” y que, además del intenso dolor, la recurrente comenzó a sufrir de vértigos, debiendo ser tratada con diversos medicamentos, y el uso de cuello ortopédico. Añade que, durante el periodo de pandemia, la recurrente no pudo ser tratada por los médicos del sistema público de salud, pues estaban destinados exclusivamente a cubrir la atención de pacientes Covid-19, siendo su enfermedad de aquella que no recibieron atención oportuna. Por esta consideración es que, dentro de sus posibilidades económicas, debió acudir a médicos particulares. Agrega que, atendido su diagnóstico, lesiones y dolencias permanentes, y por instrucciones de la COMPIN Región de Coquimbo, la recurrente, el 24 de enero de 2023, presentó su solicitud de pensión de invalidez que se encuentra en actual tramitación, haciendo presente que aún ni siquiera ha sido llamada para la realización de las consultas médicas que son procedentes en este tipo de trámites, y que, todas las licencias médicas otorgadas a la Sra. Sandra Corrotea Vera fueron aceptadas sin observación o reparo, hasta aquellas que son materia del presente recurso de protección. Expresa que, mediante el presente recurso de protección se reclama por el rechazo de las licencias médicas números 10995188-9 y 11468523-2, extendidas por un total de 60 días de reposo, a contar del 26 de junio de 2022, las cuales fueron rechazadas por la COMPIN, recurriendo la Sra. Corrotea ante la Superintendencia, quien por Resolución Exenta N°R-01-UME-68456-2023, de 23 de mayo de 2023, confirmo su rechazo estimando que el reposo prescrito no se encontraba justificado, agregando que “esta conclusión se basa en que los antecedentes aportados no permiten establecer la existencia de incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado. En efecto, en los documentos tenidos a la vista no se cuenta con un informe médico emitido por especialista en Neurocirugía que dé cuenta del diagnóstico definitivo, de un plan de tratamiento, del pronóstico a futuro y de una fecha probable de reintegro laboral”. Agrega que, contra dicha resolución la Sra. Corrotea dedujo recurso de reconsideración ante la mism
Fallo
Por lo expuesto pide que se acoja el recurso de protección y en definitiva se resuelva que se deben autorizar las licencias médicas y se disponga su pago. Acompaña los siguientes documentos: 1. Copia de la Resolución Exenta N.º R-01-UNAAD-89200-2023, de fecha 05 de junio de 2023, pronunciada por la Superintendencia de Seguridad Social. 2. Copia de la Resolución Exenta N.º R-01-UME-68456-2023, de fecha 23 de mayo de 2023, pronunciada por la Superintendencia de Seguridad Social. 3. Copia del informe del examen RM de Columna Cervical, emitido por el médico don Sebastián Simonetti Bochetti. 4. Copia del informe de examen RM de Columna Lumbar, emitido por el Médico don Sebastián Simonetti Bochetti. 5. Copia del informe de examen Ecografía Partes Blandas, Región Auricular Derecha, emitido por el médico don Alejandro Canelo Miranda. 6. Copia de Informe médico emitido por la doctora Miriam Chirivella Berrotoran, del mes de diciembre de 2021. 7. Copia de Informe médico emitido por la doctora Miriam Chirivella Berrotoran, del mes de mayo de 2022. 8. Copia de Informe médico emitido por la doctora Miriam Chirivella Berrotoran, del mes de agosto de 2022. 9. Copia de Informe médico emitido por la doctora Miriam Chirivella Berrotoran, del mes de diciembre de 2022. 10. Copia de la Solicitud de Pensión de Invalidez, presentado por la Sra. Corrotea en la AFP Habitat, de fecha 24 de enero de 2023. 11. Copia de la información disponible en la pagina Web de la Superintendencia de Seguridad Socia
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Corrotea Vera, Sandra Paola Superintendencia de Seguridad Social Recurso de protección Rol N°1929-2023.- La Serena, siete de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día 01 de agosto de 2023, comparece don Luis Gálvez Peña y Lillo, abogado, en favor de doña SANDRA PAOLA CORROTEA VERA, cédula de identidad N°12.446.450-1, interponiendo recurso de protección en contr
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