M.P C/ CELSO SEBASTIAN ROA MEJIAS (QTE.: SERGIO ELGUETA)
Rol
Fecha
6 de septiembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la participación de los imputados en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito materia de la formalización, circunstancias de su comisión, bienes jurídicos protegidos, la circunstancia de registrar antecedentes penales pretéritos y haber actuado en grupo o pandilla. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiocho de agosto del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Celso Sebastian Roa Mejias y Guillermo Alberto Gajardo Arias Devuélvase, vía interconexión. Rol N° 2695-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de septiembre de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Rol Corte: 2695-2023-PENAL Ruc: 2300921485-2 Rit: 3005-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA Ministro de fe: Sebastián Vergara de la Rivera Ministerio Público: Alexandra Álamos Nanjari Defensor: Juan Eduardo Torres Ortiz Caratulado: M.P C/ CELSO SEBASTIAN ROA MEJIAS Y GUILLERMO ALBERTO GAJARDO ARIAS (QTE.: SERGIO ELGUETA) Tipo de
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